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La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a cinco hombres acusados de echar droga en las bebidas que tomaron dos hermanas y abusar sexualmente de una de ellas al considerar que los hechos no quedaron probados durante la celebración del juicio. La sentencia afirma que no consta que tuviesen lugar los tocamientos a una de las víctimas «ni que los procesados vertiesen sustancia tóxica alguna en la bebida» de la denunciante.
El juicio se celebró el pasado mes de mayo en la Ciudad de la Justicia de Valencia. Los cinco encausados, todos ellos colombianos, negaron los abusos sexuales a pesar de que los investigadores hallaron ADN de uno de ellos en la parte interior del sujetador de la mujer. El procesado declaró en el juicio que no sabía cómo había llegado su ADN a la ropa interior de la víctima y afirmó también que no le tocó los pechos.
Los tocamientos libidinosos son «descartables», según la sentencia, porque no consta en el informe en qué zonas concretas del interior de las copas del sujetador fue hallado el ADN del acusado. «No tiene el mismo significado la aparición de ADN en el borde que en el punto donde se pueda encontrar la aureola y el pezón, y solo consta que el hisopo que arroja resultado positivo se aplica en la parte interna de las copas», señala el fallo.
Además, el tribunal sostiene que en el juicio quedó probado que la víctima bailó varios merengues con el procesado, y que este baile se caracteriza «por el permanente contacto físico entre las manos de los protagonistas, soltándose solo para realizar algunos giros».
«El roce de las manos resulta intenso y la transferencia epitelial ha de ser desmesurada. El eventual posado de restos epiteliales de su acompañante de baile en el interior del sujetador constituye una indudable posibilidad ante cualquier recomposición de prendas que ella pudiese realizar sobre la prenda interior tras cada baile o después de varios», especifica la sentencia.
Con respecto a la asistencia médica que precisó la víctima por patologías derivadas de la ingesta de metanfetaminas y éxtasis, tampoco queda probado que los acusados echaran las drogas en el aguardiente que tomaron las dos hermanas y los jóvenes colombianos en un pub de la avenida de Peris y Valero.
A pesar del resultado positivo en orina y del estado de intoxicación de la mujer, «que dice que también se puso mala y perdió la noción de recuerdo, no se quiso hacer pruebas ni se han seguido actuaciones por comportamiento posible de los acusados sobre ella», argumenta la sentencia absolutoria.
Los cinco hombres se enfrentaron en el juicio a penas que suman 26 años de prisión tras ser procesados por los delitos de abuso sexual, contra la salud pública y lesiones leves. Los hechos sucedieron el 24 de mayo de 2019. Las dos hermanas conocieron al grupo de amigos en una peluquería de la calle Fuente de San Luis, donde uno de los procesados les propuso que se unieran a una fiesta de cumpleaños, aunque las hermanas rechazaron la invitación y se fueron a cenar a un bar situado en la misma calle.
Cuatro de los encausados acudieron poco después al bar donde estaban las víctimas y cenaron con ellas, bebieron alcohol y se marcharon todos juntos a un pub situado en la avenida de Peris y Valero, donde bebieron chupitos de aguardiente y agua. Un quinto individuo se unió también al grupo, aunque declaró en el juicio que sólo estuvo unos quince minutos con sus amigos y las dos mujeres.
Durante la cena, las hermanas fueron juntas al baño, dejando sus copas en la mesa, y cuando regresaron notaron un sabor del vino diferente. En el pub también sospecharon que habían echado alguna sustancia en la bebida y lo comentaron con sus acompañantes, pero uno de ellos dijo que podría ser porque quedaban restos de la sal que pusieron en los vasos de tequila.
«A partir del segundo chupito empecé a encontrarme mal. Tenía mucho calor y una sensación de ahogo. Me costaba respirar. El sabor era amargo y el agua también sabía mal», manifestó la víctima ante el tribunal de la Audiencia Provincial de Valencia.
Según la Fiscalía de Valencia, los procesados pusieron metanfetaminas, benzodiacepinas y éxtasis en la bebida de una de las mujeres, sin que se diera cuenta, y la drogaron mientras coqueteaban y bailaban con ella. Sin embargo, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia no considera probado que los acusados vertieran las drogas.
Luego cogieron dos coches y una moto para ir a casa de uno de ellos, y una de las hermanas denunció que los tres hombres que viajaban en el vehículo aprovecharon para someterla a tocamientos y besarla. La víctima declaró en el juicio que no recordaba bien cómo ocurrieron los hechos por el estado de aturdimiento que presentaba, pero afirmó que uno de los acusados se puso encima de ella en la parte trasera del coche mientras otro les hacía una foto con un teléfono móvil.
Según las investigaciones de la Policía Nacional, el tercer hombre acusado de los abusos sexuales conducía el coche. Dos de los individuos subieron a la mujer a un ático de la Gran Vía Fernando el Católico y poco después llegó el resto del grupo.
Cuando la víctima se reunió con su hermana le dijo que se quería ir porque les habían echado droga en las bebidas, y las dos mujeres bajaron a la calle y se trasladaron a su domicilio en un taxi. Sin embargo, la víctima apenas podía bajarse del vehículo ni podía caminar, por lo que el taxista las llevó a un hospital.
Tal era el estado en que se encontraba la mujer que cuando llegaron al hospital tuvieron que ayudarla a salir del vehículo el taxista y un celador. La víctima fue atendida por intoxicación de sustancias estupefacientes, ingesta de alcohol, malestar general, agitación y nerviosismo, según el parte médico. Las analíticas que le realizaron dieron un resultado positivo en metanfetaminas, benzodiacepinas y éxtasis.
La mujer aseguró en el juicio que no toma drogas y que aquella noche los cinco procesados fueron los únicos que estuvieron cerca de las bebidas que tomaron. Las dos hermanas tenían 41 y 45 años cuando ocurrieron los hechos. La víctima recibió tratamiento psicológico para superar el trauma que padeció cuando se recuperó de la intoxicación de drogas y empezó a recordar.
«La versión de la víctima ha sido siempre la misma sin contradicciones tanto en la denuncia como en sus declaraciones en el juzgado de instrucción y la vista oral», afirmó Isabel Fernández Migallón, la abogada que ejerce la acusación particular. «Y ninguno de los acusados ha justificado en modo alguno la existencia de ADN en el interior de las copas del sujetador», añadió la letrada en el juicio.
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