Una de las sesiones del juicio con jurado en la Ciudad de la Justicia. EP

Así se cierra el veredicto de Marta Calvo

El grupo de siete mujeres y dos hombres completa su primer día de deliberaciones para decidir sobre la culpabilidad o inocencia. Desacuerdos, errores o contradicciones son los principales baches en un procedimiento con jurado

Miércoles, 20 de julio 2022, 00:44

Casi 70 euros. Es el sueldo diario del miembro de un jurado como el que ahora decide culpabilidad e inocencia en uno de los casos criminales más complejos y voluminosos de la historia criminal valenciana: el del presunto asesino en serie de Marta Calvo y otras dos mujeres, Arliene Ramos y Lady Marcela ... , con citas sexuales en las que supuestamente las intoxicaba con cocaína.

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Su camino no es fácil, porque impartir justicia no lo es. Y menos con un objeto del veredicto como ante el que ahora se hallan los nueve miembros del tribunal popular: siete mujeres y dos hombres llamados a decidir sobre 700 cuestiones clave repartidas en 143 folios.

Con el amparo de un letrado de la Administración de Justicia, deben actuar con una precisión de relojería para que no se produzcan las dilaciones, incongruencias o imprecisiones técnicas que podrían significar echar atrás su pronunciamiento escrito, dilatarlo o incluso que se llegue a la repetición del juicio.

Este martes 19 de julio se ha cumplido el primer día completo sin que se auncie la 'fumata blanca' del procedimiento del jurado: el momento en que se avisa a la presidenta del tribunal de que el documento está confeccionado y se convoca al acusado y a las partes para su lectura en audiencia pública. Siguen las deliberaciones para uno de los objetos más extensos y voluminosos de la historia judicial.

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¿Qué caminos pueden abrirse en este momento? Las posibilidades y entresijos son variados y se recogen en la parte final de la ley que rige el procedimiento del juicio con jurado, en concreto en el capítulo IV dedicado íntegramente al veredicto.

Para empezar, los nueve miembros están incomunicados, reunidos en un hotel, y no pueden comunicarse con nadie hasta que emitan el veredicto. Si alguno tiene dudas sobre cualquier aspecto puede pedir que se le amplíe instrucciones en una nueva audiencia pública.

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Otra posibilidad: si pasan dos días desde el inicio de la deliberación sin que hagan entrega del acta de la votación, la presidenta del tribunal (en este caso) puede convocarles a una nueva comparecencia en la sala para saber si tienen dudas y aclararlas, en aras de que el proceso progrese.

Pero hay más. Ninguno de los jurados puede decir que no vota, pues se expone a una multa de 450 euros. Y, en tal caso, su abstención ante un punto concreto se contemplaría como hecho no probado o como no culpabilidad del acusado.

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De la repetición a la absolución

Una vez completada el acta con el resultado de las deliberaciones y presentada copia ante la jueza magistrada, pueden haber nuevos baches. La autoridad judicial puede 'darle patada' y devolverla al jurado en varios supuestos: que no se hayan pronunciado sobre todos los hechos, que no hayan completado las culpabilidades, que no se haya obtenido la mayoría requerida en cada caso o que haya pronunciamientos contradictorios, entre otros defectos relevantes.

Pero la cuestión más destructiva para el procedimiento en cuestión podría llegar con el artículo 65 de la normativa. Reza así: «Si después de una tercera devolución del acta del veredicto siguen sin subsanarse los defectos o no se obtienen las mayorías necesarias el jurado será disuelto y se convocará juicio oral con un nuevo jurado». O lo que es lo mismo: todo por los aires y vuelta a empezar.

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Pero hay más en el sendero de futuros posibles: si celebrado el nuevo juicio no se obtiene un veredicto por parte del segundo jurado, el asunto quedaría zanjado con la absolución del acusado.

 

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