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J. A. Marrahí/A. Azpiroz
Sábado, 24 de diciembre 2022, 00:33
El reguero de rebajas penales a agresores sexuales por la entrada en vigor de la ley del 'sólo sí es sí' no cesa. La última en la Comunitat se ha conocido este viernes y llega desde la Audiencia Provincial de Castellón. El tribunal ha dictado ... un auto por el que revisa la condena impuesta al autor de una agresión sexual a una menor de edad y rebaja la pena de seis a tres años y medio de prisión, en aplicación de la reforma del Código Penal.
En este caso concreto, la Audiencia de Castellón impuso en mayo de 2020 seis años de cárcel a un hombre por haber agredido sexualmente a una chica de 17 años en enero del año anterior. Según ahonda el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV), la sala le consideró autor del delito, aunque apreció la atenuante de reparación del daño por el pago anticipado de una indemnización a favor de la víctima.
La sentencia también condenó a tres años de prisión a la mujer del reo como cooperadora necesaria en el mismo delito, que se produjo en el domicilio del matrimonio.
Según el TSJCV, se ha revisado la condena del autor porque en su día se le impuso la pena mínima. Fueron seis años de cárcel, pero ahora, con la reforma activada por la Ley 10/22, esa pena mínima se sitúa en tres años y seis meses. «Siendo respetuosos con las facultades de individualización entonces expuestas en la sentencia condenatoria es procedente revisar la condena impuesta», precisa la Audiencia de Castellón.
Las rebajas continúan también en esferas judiciales más altas. El Tribunal Supremo ha dictado su tercera rebaja de condena para violadores y abusadores sexuales tras la aprobación el pasado octubre de la ley del ‘solo sí es sí’.
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En este caso, reduce de 12 a 10 años de prisión la condena a un hombre por un delito de agresión sexual a una menor de 16 años en Almería. La sentencia lo justifica en que la nueva ley es más beneficiosa para el reo.
Los hechos ocurrieron cuando el condenado se encontró a la joven, que entonces tenía 15 años, en una calle de la localidad de Campohermoso y la convenció para que subiera a su coche diciéndole que la iba a llevar a su casa.
La menor, en principio, se negó pero finalmente accedió al ser una persona a la que conocía de la localidad. Después, el condenado la trasladó a un descampado y cometió la agresión sexual. La Audiencia Provincial de Almería y el Tribunal Superior de Justicia de Almería le impusieron una condena de 12 años de prisión por un delito de violación, que era la pena mínima legal prevista para ese delito en la anterior ley.
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