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Ramón Cebrià, el ujier de Les Corts que estaba en prisión desde julio por la muerte de su hijo, acaba de recuperar la libertad. La titular de Instrucción 21 de Valencia ha acordado su salida de la cárcel tras analizar el último informe del Instituto de Medicina Legal, que subraya que la situación que se produjo en la vivienda pudo afectar las condiciones intelectivas y volitivas del investigado y su capacidad de autodominio; es decir, que pudo no ser consciente de lo que estaba haciendo.
Los hechos se remontan al pasado verano. La familia de Cebriá arrastraba un auténtico calvario con los problemas de drogadicción de uno de los hijos. En ese clima habitual de tensión, el hijo llegó al domicilio familiar, una vivienda de la calle José Aguilar de Valencia. Tras una discusión, según recoge el informe a partir del relato del investigado, la víctima cae el suelo y se golpea la cabeza. El análisis del Instituto Nacional de Toxicología y de Ciencias Forenses recoge un policonsumo de sustancias, incluido el alcohol, lo que hace compatible una caída accidental del joven.
La víctima murió por asfixia. La mecánica de los acontecimientos resulta compatible a la versión que el investigado ofreció en el juzgado. Indicó entonces que tras caer al suelo, y con la intención de que se calmara, se colocó encima de su hijo. No era la primera vez que lo hacía y siempre le había dado un resultado satisfactorio–. «Que desconocía que ello pudiera ocasionar la muerte ni se representó como posible que ello pudiera acontecer». El forense destacó en su análisis la coherencia de la descripción. «No se trata de un relato aprendido, sino uno vivido», concluye.
El letrado que representa al funcionario, Mario Gil, subraya en su escrito que a la vista del informe del médico forense es probable que al autor de la muerte no se le pueda juzgar finalmente por estos hechos. Además, combate el argumento de riesgo de fuga con el arraigo familiar que tiene su cliente, un hombre que siempre ha tenido un comportamiento intachable en el parlamento valenciano. Tampoco puede destruir pruebas o alterar el resultado de la investigación, sostiene. Como indicios en contra del investigado, consta que no buscara ayuda ni llamara a Emergencias tras el fallecimiento.
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