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La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a una médica de un delito de falsedad después de que modificara cuatro certificados de vacunación de covid en plena pandemia cuando realizaba una guardia en el centro de salud de Aldaia.
La Fiscalía de Valencia solicitaba ... para la procesada cuatro años de cárcel por un delito continuado de falsedad de documento público y el pago de una multa de 7.200 euros. El abogado penalista Francisco Regalado Rojas, que ejerció la defensa de la facultativa, pedía su absolución al carecer los hechos de «tipicidad delictiva», tal y como ha confirmado la Sección de Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia.
Según la sentencia, la acusada modificó de manera mendaz el estado de vacunación de los cuatro pacientes, pero «no hubo falsificación en el ejercicio de sus funciones sobre una actividad asistencial ajena a su cometido funcionarial con arreglo a la praxis asentada entre profesionales sanitarios».
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Los hechos ocurrieron en la madrugada del 21 al 22 de noviembre de 2021 en plena pandemia cuando la médica realizaba servicios de guardia de urgencia en el centro de salud de Aldaia. «Solo les pedí la vacuna Pzifer por hacerles un favor, porque los hijos son autistas y la madre tiene una enfermedad autoinmune y era la marca que tenía menos efectos secundarios», declaró la facultativa en el juicio.
La acusada, que fue despedida, reconoció a la enfermera, al celador y a la supervisora que lo había hecho para que la familia pudiera viajar a Nueva York, aunque luego lo negó en el juicio. Aprovechando que una enfermera se había dejado su tarjeta de identificación en el lector del ordenador, la acusada accedió al sistema de Sanidad para registrar la administración de la vacuna contra la covid-19 a un paciente.
Después intentó firmar la cita con la misma tarjeta, pero al requerirle el sistema que introdujera el pin de seguridad no pudo proseguir con la operación, y usó entonces su propia tarjeta en otro ordenador para concluir el proceso de registro de vacunación de los cuatro miembros de la familia.
La defensa planteó que la facultativa no podía ser considerada como un funcionario público, porque la administración de vacunas no es competencia suya, y por ello no puede ser condenada por falsedad documental en el ejercicio de sus funciones, tal y como establece la sentencia firme de la Audiencia Provincial de Valencia.
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