![El Ayuntamiento, condenado por no dejar entrar a los sacerdotes a la zona restringida del centro de Valencia](https://s3.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2023/03/15/Ciutat-kvFB-U190915029473QhG-1200x840@Las%20Provincias-LasProvincias.jpg)
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Varapalo para la zona restringida al tráfico en Ciutat Vella promovida por Ribó y Grezzi. Y por ende para la política de movilidad del alcalde y del concejal del ramo. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia condena al Ayuntamiento de Valencia por dejar fuera ... del acceso al Área de Prioridad Residencial (APR) del centro de la capital a los sacerdotes. El Ayuntamiento ninguneó a las numerosas parroquias del casco antiguo y no las incluyó entre los vecinos, comercios y empresas autorizados para entrar en la zona, dejando a los sacerdotes expuestos a multas y sanciones.
Así lo sostiene una sentencia de la sala de lo Contencioso-Administrativo que admite un recurso presentado por el Arzobispado de Valencia y que obliga al Consistorio a incluir a los sacerdotes en la autorización de acceso. «Reconocemos el derecho de la parte demandante en cuanto a los intereses que representa con relación al acceso al área de prioridad residencial Ciutat Vella Nord respecto de las parroquias e iglesias que se encuentran dentro de dicha área, en los mismos términos que para los titulares de comercio o empresa que dispongan de local u oficina que en tal apartado se contempla», sostiene la resolución, que no es firme y contra la que cabe recurso.
El TSJ critica que la ordenanza no incluya a los sacerdotes ni los templos de culto entre los autorizados para entrar en la zona vigilada por cámaras. «Las iglesias y parroquias no aparecen en la relación, a pesar del hecho evidente de que se encuentran en la zona en un número significativo y precisan de vehículos para las personas que las atienden en los términos expuestos», subraya el fallo.
El argumento del Arzobispado, representado por el abogado Daniel Calabuig, sobre el veto a los edificios católicos era palmaria: «De los 27 supuestos contemplados en el acuerdo que permiten la entrada de los particulares en el área delimitada ninguno de ellos contempla esa posibilidad para las iglesias o parroquias». Y ese es el extremo que el TSJ ha aceptado como cierto a la hora de condenar al Ayuntamiento de Joan Ribó.
Entre las pretensiones del Arzobispado estaba que el Tribunal Superior declarara «nulo de pleno derecho» el artículo 20 de la ordenanza de movilidad que regulaba el acceso a Ciutat Vella. Es decir, toda la APR en su totalidad. Este extremo es rechazado por la sala. «No hay razones para acoger la petición de impugnación indirecta de la Ordenanza que en el recurso se articula, cuando la discriminación apreciada no le alcanza, y se corrige con el reconocimiento del derecho».
El Tribunal Superior tampoco cree que haya existido una vulneración de la libertad religiosa y de culto, que era otro de los argumentos expuestos a la sala por el Arzobispado. El TSj lo hace en un extenso párrafo: «El hecho de que se restrinja el acceso rodado a una determinada área o recinto de la ciudad por razón de la preservación del patrimonio histórico y cultural de la ciudad con el fin de evitar aglomeraciones, mejora en la prestación de los servicios públicos, o de preservación del medio ambiente y evitar contaminación para tutelar valores ecológicos y evitación de ruidos además de ser un objetivo legítimo y loable en modo alguno impide o prohíbe la libertad religiosa o de culto, en cuanto cualquier persona podría desplazarse a esas parroquias o iglesias recurriendo al transporte público de proximidad o por sus propios medios. Todo lo más se podrían admitir dificultades o menores facilidades de acceso».
El alcalde Ribó echó balones fuera sobre la decisión judicial durante la visita a la finalización de las obras de la supermanzana de Petxina. Entre críticas y críticas de los vecinos por la reforma viaria, el primer edil soltó su excusa: «En su momento no nos dimos cuenta», refiriéndose a que en el proceso de la APR no se percataron de que se quedaban fuera los templos religiosos. Algo que no casa en absoluto con el hecho de que el propio Ayuntamiento se opuso en el proceso judicial a las pretensiones del Arzobispado y pidió al TSJ que rechazara su demanda.
Tras la resolución, Ribó rechazó que se vaya a recurrir la sentencia. El Consistorio acatará el auto y procederá «a hacer con la mayor celeridad posible las tarjetas de acceso» a los sacerdotes. El alcalde incluso caó pecho: «La APR no ha sido cuestionada, este fallo la consolida judicialmente».
La portavoz del PP, María José Catalá, ha subrayado que esta resolución confirma que la APR «fue una imposición del gobierno de Ribó y PSOE. Les obliga a rectificar y pone en evidencia la gestión improvisada de un gobierno municipal que está viviendo sus últimos días al frente del Ayuntamiento», apunta Catalá.
La popular ha anunciado que si llega a la alcaldía, «una de las primeras medidas que tomará es apagar las cámaras de Ciutat Vella ya que ha sido una medida que no ha sido consensuada ni con comerciantes ni vecinos».
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