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Condenada a cinco meses de prisión por ayudar a morir a su marido en Valencia

Condenada a cinco meses de prisión por ayudar a morir a su marido en Valencia

La mujer, de 77 años, no ingresará en la cárcel, tras haber administrado una dosis letal de morfina a su esposo, de 95

José Molins

Valencia

Miércoles, 10 de mayo 2023

Una mujer de 77 años ha sido condenada a cinco meses de prisión por la Audiencia provincial de Valencia por ayudar a morir a su marido, de 95 años. Las partes han llegado a un acuerdo previo con una vista de conformidad, por lo que no ha llegado a haber juicio y la señora no entrará en la cárcel.

Los hechos ocurrieron en diciembre de 2020 en Valencia, cuando la mujer, Pilar C. G., administró a su marido una dosis mortal de morfina en su casa debido a su estado de salud. El hombre se encontraba muy deteriorado, tanto física como mentalmente, sin posibilidad de manifestar ninguna voluntad y necesitaba ayuda de todo tipo, tanto humana como mecánica para cualquier cosa.

Dos años antes, en 2018, el matrimonio había hecho constar de forma conjunta por escrito ante la Conselleria de Sanidad, en el Registro de voluntades anticipadas de la Comunitat, que manifestaban que en caso de padecimiento grave de uno de los dos su voluntad era que no se les sometiera a ningún tratamiento y que se agilizara el proceso de fallecimiento, según explica el abogado de la mujer.

Bajo esta premisa la esposa decidió cumplir la voluntad del marido para no prolongar su sufrimiento con esa dosis letal de morfina. Cuando unas horas después se llevaron el cadáver las pruebas detectaron la sustancia que se le había administrado, por lo que se le dio parte al juzgado, que abrió un procedimiento para aclarar lo sucedido. El examen del cadáver confirmó la presencia de morfina en el hombre, según consta también en el atestado de la policía.

Ante la posibilidad de que fuera un homicidio, el juzgado, según la normativa, abrió el procedimiento para nombrar un jurado, pero la acusación no se llegó a formalizar, ya que el Ministerio Fiscal lo transformó en un procedimiento abreviado. De esta manera se evitaba la acusación de homicidio y en su lugar figuraba como un auxilio ejecutivo al suicidio. El abogado de la mujer y el juzgado han convenido imponer cinco meses de prisión a la señora, lo que implicaba la suspensión del cumplimiento, con el fin de evitar que la acusada entrara al juicio y tuviese que recordar lo vivido, según argumenta el letrado, por practicidad para evitar el sufrimiento.

Al quedar suspendida la pena por dos años, la mujer, que ha reconocido los hechos, no ingresará en prisión, y cuando pase ese tiempo, el caso quedará archivado, si en ese plazo la mujer no comete otro delito. Según el acuerdo judicial, la mujer cumplió expresamente la voluntad del marido con la finalidad de paliar su sufrimiento y le administró por vía intramuscular una dosis elevada de morfina para acabar con su vida sin que tuviera dolor, un acto que provocó la muerte del marido. El matrimonio no tenía hijos.

La Fiscalía de Valencia ha determinado que hay un atenuante que exime de forma incompleta a la mujer y solicita la pena de cinco meses. Como se trataba de un acuerdo entre las partes, el tribunal ha elevado a definitiva la condena. Cuatro meses después del suceso, en marzo de 2021, se aprobó la ley que regula la eutanasia en España para tratar casos como estos.

Ley de la eutanasia

La ley que regula la despenalización de la eutanasia, aprobada en el Congreso, tiene como objetivo dar una respuesta jurídica a lo que se considera una demanda social. La eutanasia es la actuación que produce la muerte de una persona de forma directa e intencionada mediante una relación causa-efecto única e inmediata. Para que sea legal ha de existir una petición informada, expresa y reiterada en el tiempo por dicha persona. La ayuda a morir debe llevarse a cabo en un contexto de sufrimiento debido a una enfermedad o padecimiento incurable que la persona experimenta como inaceptable y que no ha podido ser mitigado por otros medios.

La puede solicitar cualquier persona mayor de edad con nacionalidad española o residencia legal en España y con capacidad de obrar y decidir puede solicitar y recibir ayuda para morir. Lo ha de hacer de forma autónoma, consciente e informada, y hallarse en los supuestos de enfermedad grave e incurable o de enfermedad grave, crónica e invalidante causantes de un sufrimiento físico o psíquico intolerables. Se deberá hacer en dos solicitudes de manera voluntaria, dejando una separación de quince días naturales entre ambas. Cuando el facultativo estime que la muerte es inminente, se aceptará cualquier período menor.

Hay dos modalidades de aplicación: una de ellas consiste en la administración directa al paciente de una sustancia por parte del profesional sanitario. La otra, que se conoce también como suicidio asistido, se basa en la prescripción o suministro al paciente de una sustancia que el enfermo se pueda autoadministrar, ya sea en el centro sanitario o en su domicilio.

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