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La Conselleria de Educación diseñará en los próximos meses un nuevo sistema para la expedición de los títulos oficiales de valenciano a los que tendrán derecho los alumnos en función de los estudios que hayan superado, una de las novedades que incluye la Ley por ... la que se regula la libertad educativa, aprobada este jueves en Les Corts gracias a los votos del PP y de Vox.
El sistema estará vigente a lo largo del próximo curso y será bien distinto al actual, pues hay que recordar que se ya puede conseguir un B1 por homologación de los estudios a petición del interesado, que debe rellenar un formulario por vía telemática o presencial y acreditar que ha superado la asignatura de Valenciano en diferentes etapas mediante una fotocopia compulsada del libro de escolaridad o un certificado emitido por el centro, haciendo constar que efectivamente aprobó la materia.
Con el cambio, serán los propios centros los que se encargarán de emitirlos al final del ejercicio, una vez se conozcan las calificaciones de los estudiantes. Por contra, para los que quieran acceder al certificado con efectos retroactivos, por haber cumplido el requisito en años anteriores, deberán dirigirse a la conselleria, aunque la intención es habilitar un mecanismo «ágil y sencillo», según fuentes del departamento.
La filosofía de la ley pasa por reconocer las horas lectivas que durante la escolarización reciben los estudiantes, una manera de desincentivar la exención de la materia, que por otro lado se flexibiliza al deshacerse algunos cambios -tanto aplicados como previstos- que introdujo el Botánico.
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Joaquín Batista
Los títulos oficiales, equivalentes a los de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (JQCV), serán progresivos, variando en función de las etapas que se hayan superado, y siempre con la condición de que el estudiante haya aprobado la asignatura de Valenciano. Lógicamente, quedarán fuera del alcance de los que soliciten la exención de su evaluación.
En cuanto a la retroactividad, dará cabida a los titulados de los últimos 16 ejercicios académicos, incluyendo el actual. Exactamente, desde el curso 2008-2009 en el caso del correspondiente a la ESO, y desde el 2009-2010 para los vinculados a Primaria, Bachillerato y a la prueba de acceso a la universidad.
Se podrá obtener desde un certificado por homologación de estudios de nivel A1 (en la enseñanza para adultos) hasta un C1, que se destinará a aquellos que obtengan al menos un siete sobre diez en la asignatura durante Bachillerato (en 1º y en 2º) y a los que hagan lo propio en la selectividad. Entre medias se podrá certificar un A2 tras la Primaria, un B1 al finalizar la ESO o un B2 por aprobarla en Bachillerato (entre un 5 y un 6,9).
Que se establezcan diferentes niveles de logro se explica en el hecho de que puede haber alumnos que no sigan estudiando tras la ESO o Bachillerato o se dirijan hacia ciclos medios de FP, por no hablar de casuísticas como incorporarse a mitad de etapa por provenir de una comunidad distinta o precisamente por la situación contraria, haberse cambiado a otra región española.
La ley recoge un modelo muy parecido al que planteó el Botánico a través de un decreto que no se llegó a aprobar antes de las elecciones autonómicas del año pasado. Quitando la acreditación de un A2 en Primaria y del C1 con la nota en selectividad, el resto de niveles eran los mismos, incluyendo el C1 por un notable en Bachillerato. También se preveía retroactividad, pero de menor alcance: un B1 tras la ESO y un B2 tras Bachillerato.
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