j. lita
Viernes, 22 de enero 2021, 00:20
La Comunitat Valenciana tiene un horario de toque de queda definitivo después de que el Gobierno negara a las autonomías que el inicio de la restricción de la movilidad se pudiera adelantar de las 22 horas que ahora marcan el límite según consta en el decreto del estado de alarma aprobado en octubre y que estará en vigor, como mínimo hasta el 9 de mayo. El toque de queda fijado por el Gobierno es entre las 23 y las 06 horas, aunque las diferentes comunidades autónomas tienen la competencia para adelantar o retrasar una hora tanto en su inicio como en su fin, por ello en varias regiones se establece a las 22 horas, entre ellas la Comunitat Valenciana.
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Durante esta semana se ha intensificado el debate para poder adelantar aún más el inicio del toque de queda, después de que regiones como Castilla y León pretendiera establecerlo a las 20 horas, como después se sumaría la Comunitat Valenciana al anunciar la solicitud de poder iniciarlo también antes, a las 20 horas. En el Consejo Interterritorial presidido por el actual ministro de Sanidad, Salvador Illa, se descartó por completo la modificación del decreto de estado de alarma para incluir que se pudiera establecer un nuevo horario del toque de queda.
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El debate respecto al toque de queda sólo se ha centrado en el horario de inicio, ya que en lo que se corresponde a las actividades que se permiten realizar entre las 23 y las 06 horas no ha habido cambio alguno. Estos motivos que permiten salir a la calle durante el toque de queda son los mismos que posibilitan salir y entrar de la Comunitat Valenciana pese al cierre perimetral.
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Las excepciones para poder salir a la calle entre las 23 y las 06 horas son las siguientes:
- Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
- Retorno al lugar de residencia habitual tras la jornada laboral.
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios o adquisición de productos farmacéuticos.
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- Asistencia y cuidado a personas mayores, personas menores, personas dependientes, personas con diversidad funcional o personas especialmente vulnerables.
- Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
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Paco Moreno
De esta manera, se prohíbe la circulación, deambulación y permanencia en vías y espacios de uso público de todas las personas entre las 23 horas y las 06.00 horas
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