![El Supremo tumba el Reglamento de Costas y pone en entredicho los deslindes en el litoral valenciano](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2024/02/08/deslindes-ReryiCfL7QvguCmdLnHuxKP-1200x840@Las%20Provincias.jpg)
![El Supremo tumba el Reglamento de Costas y pone en entredicho los deslindes en el litoral valenciano](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2024/02/08/deslindes-ReryiCfL7QvguCmdLnHuxKP-1200x840@Las%20Provincias.jpg)
Secciones
Servicios
Destacamos
Buena noticia para los afectados por la Ley de Costas. El Tribunal Supremo ha tumbado el reglamento aprobado en agosto de 2022 con lo que se ponen en entredicho todas las actuaciones realizadas bajo el amparo de esta norma como los numerosos deslindes ... en la costa valenciana.
Un tribunal dividido (ha habido dos votos particulares entre los cinco magistrados) ha anulado este reglamento que desarrolla la Ley de Costas y bajo el cual se han realizado numerosas actuaciones polémicas tanto en el litoral de la Comunitat Valenciana como en el resto de la costa española.
De esta forma, el alto tribunal ha declarado nulo el Real Decreto 668/2022 que modificó el Reglamento General de Costas por omisión del trámite de consulta pública, estimando de esta forma el recurso presentado por la Plataforma de Afectados por el Deslinde de Costa Formentera.
En un fallo, recogido por Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal explica que para poder prescindir del trámite de consulta pública en el supuesto de normas reglamentarias de la Administración General del Estado «han de concurrir las circunstancias acumuladas de que se trate de normas presupuestarias u organizativas».
Los magistrados de la Sección Quinta indican que, «además de esas específicas normas reglamentarias», deberán concurrir «razones graves de interés público que lo justifiquen, no impongan obligaciones relevantes a los destinatarios o regulen aspectos esenciales de una materia».
En el caso del Real Decreto impugnado, la sentencia recoge que «en modo alguno tiene naturaleza organizativa o presupuestaria y, además y a los solos efectos del debate suscitado, en modo alguno cabría infravalorar, como se razona en la Memoria de Análisis del Impacto Normativo, los efectos de la reforma, como ese mismo documento acredita al referirse a los objetivos del proyecto y resulta de la misma reforma que se introduce en el Reglamento de la Ley de Costas».
Cabe destacar que el fallo cuenta con el voto particular de dos de los cinco magistrados que la han dictado, que se muestran partidarios de desestimar la petición de nulidad del Real Decreto por omisión del trámite de consulta pública.
En todo caso, consideran además que esa nulidad absoluta del reglamento es una consecuencia desproporcionada cuando hubo una amplia participación ciudadana y de organizaciones representativas de los intereses afectados que realizaron alegaciones, aunque fuese en un momento posterior a la elaboración del proyecto.
Este fallo responde al primero de una serie de recursos presentados contra este reglamento que aún están pendientes por resolver. Es el caso de la plataforma Somos Mediterrania cuyo escrito todavía no ha sido valorado por el alto tribunal. En este caso, según explica Manuel López, uno de sus portavoces, la argumentación para su recurso es distinta. López ha recordado que se han basado en el hecho de que en su opinión el reglamento reforma la ley definiendo lo que es dominio publico, entre otras razones.
Noticia relacionada
Juan Sanchis
En cualquier caso, López ha señalado que la noticia del fallo es positiva. Además, ha indicado que el motivo por el que se ha anulado deja en evidencia a las administraciones. «Cuando más se alardea de participación pública, la realidad demuestra que esto no es así. No se escuchó ni se hizo caso a nadie», ha añadido este portavoz de la plataforma.
Aunque todavía no se han podido estudiar a fondo la sentencia, López indica que el fallo cuestiona cualquier actuación acometida basándose en esta norma ahora anulada. «Señala la nulidad de los expedientes que irán cayendo uno a uno», ha explicado. El portavoz de la plataforma también ha recalcado que «hay una pléyade de recursos por todas las partes del litoral español».
La Comunitat es una de las zonas más afectadas por los deslindes acometidos por el Ministerio para la Transición Ecológica en los últimos meses. De hecho, en Dénia esta actuación afecta en mayor o menor medida a más de 3.000 inmuebles. Otras 135 propiedades quedan afectadas por la servidumbre de tránsito lo que supondrá que tendrán que demoler una parte de su inmueble ya que debe quedar libre para el uso público peatonal, así como para los vehículos de vigilancia y salvamento. Más de un centenar de ellos pasarán a dominio público y sus actuales dueños perderán su propiedad. A cambio, el ministerio, en lugar de conceder una compensación económica por la expropiación, les permitirá seguir «disfrutando» de ellos bajo el régimen de concesión durante 30 años prorrogables.
La amenaza de los deslindes alcanza a otros municipio costeros valencianos como Sagunto, Bellreguard, Alicante o Cabanes.
Ante este malestar e indignación de los propietarios que se han visto afectados por los deslindes, la Generalitat Valenciana ha movido ficha al anunciar que acudirá a los tribunales si es necesario. Es el caso del deslinde acometido el mes pasado en Bellreguard donde la Conselleria de Medio Ambiente presentó alegaciones.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.