El subsidio para mayores de 52 años es una de las ayudas más relevantes del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), pero también una de las que más dudas genera entre los solicitantes. Para acceder a esta prestación es imprescindible cumplir todos los requisitos exigidos para la jubilación, salvo la edad, además de encontrarse en una situación legal de desempleo. Sin embargo, hay un aspecto que puede llevar a muchos a perder el derecho a la ayuda si no se tiene en cuenta: la inscripción ininterrumpida como demandante de empleo.
Publicidad
El SEPE establece que, para solicitar esta prestación, el interesado debe acreditar al menos 15 años cotizados, dos de ellos dentro de los últimos quince años, y haber cotizado un mínimo de seis años por desempleo a lo largo de su vida laboral. Además, sus ingresos no pueden superar el 75% del IPREM, lo que equivale a 888 euros mensuales. También es necesario que se encuentre en búsqueda activa de empleo y que haya agotado una prestación contributiva o tenga al menos 90 días cotizados sin poder acceder a otras ayudas.
No obstante, aunque se cumplan todas estas condiciones, es imprescindible no haber cumplido aún los 52 años en el momento de la solicitud. Sobre este punto ha advertido Fernando Maján, asesor de la subdirección general de Prestaciones del SEPE, en declaraciones a Onda Madrid: «Dice la norma que desde que se agote la prestación (o termine el contrato de trabajo) la persona debe mantenerse inscrita ininterrumpidamente como demandante de empleo y cuando cumpla 52 años se le dará acceso».
Esto significa que cualquier interrupción en la inscripción como demandante de empleo antes de alcanzar la edad mínima puede impedir el acceso al subsidio. El SEPE interpreta que, si un trabajador no mantiene su demanda activa hasta cumplir los 52 años, es porque no ha mostrado una voluntad real de encontrar empleo, sino solo de beneficiarse de la ayuda.
El subsidio para mayores de 52 años está fijado actualmente en 480 euros mensuales, lo que equivale al 80% del IPREM. Se mantiene hasta que el beneficiario alcance la edad de jubilación, siempre que no supere el umbral de ingresos permitido. A diferencia de otros subsidios, esta ayuda incluye una cotización a la Seguridad Social, con una base del 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que contribuye a mejorar la pensión de jubilación futura.
Publicidad
Por ello, es fundamental que los potenciales beneficiarios se aseguren de cumplir con todos los requisitos y, especialmente, que mantengan su inscripción como demandantes de empleo sin interrupciones hasta que cumplan los 52 años, para evitar perder el acceso a esta prestación clave.
Suscríbete a Las Provincias: 12 meses por 12€
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Siete años de un Renzo Piano enredado
El Diario Montañés
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.