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EP

La ayuda del SEPE de 480 euros para mayores de 45 años: cómo solicitarla y requisitos

Las personas que hayan agotado la prestación por desempleo y reúnan las condiciones fijadas por el SEPE, pueden solicitar esta prestación

DM

Martes, 18 de abril 2023, 00:50

Un negocio que no tuvo el éxito esperado, la inflación de los precios y la crisis económica, una empresa que quebró, reducción de la plantilla... Hay muchas razones por las que alguien se puede quedar en situación de desempleo y en consecuencia sin los ingresos necesarios para hacer frente al día a día, una situación que nadie desea pero que por desgracia es muy habitual.

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En algunos de los casos, estas personas tienen opciones de poder cobrar el conocido subsidio por desempleo y posteriormente, una vez agotado y siempre y cuando no se haya encontrado otro trabajo, podrán cobrar otra de las ayudas que ofrece el Servicio Estatal de Empleo Público (SEPE) para desempleados.

En este sentido, el SEPE se guarda un as en la manga y cuenta con un subsidio extraordinario de 480 euros para personas que cumplan unos determinados requisitos.

Requisitos

- Estar en desempleo.

- Estar inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación (fecha en que finaliza la prestación concedida, que siempre será anterior a la fecha del último cobro de la prestación), sin haber rechazado oferta de colocación adecuada.

- Suscribir el compromiso de actividad.

- Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.

- Tener cumplidos 45 años en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva.

- Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

Cómo solicitarla y duración

El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles a partir del cumplimiento del mes de espera. El mes de espera comienza a contar a partir del día siguiente al agotamiento de la prestación contributiva. El derecho al subsidio nacerá a partir del día siguiente a aquel en que se cumpla el mes de espera, siempre que se solicite dentro del plazo.

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La solicitud se podrá presentar a través de:

- La sede electrónica del SEPE.

- En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono.

- En cualquier oficina de registro público.

- Por correo administrativo.

La duración de la ayuda será de 6 meses. En el supuesto de personas trabajadoras fijas discontinuas la duración será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud cuando la fecha del hecho causante sea anterior al 2 de marzo de 2022. Si el hecho causante ha tenido lugar a partir de dicha fecha, la duración del subsidio será la establecida con carácter general.

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