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Una oficina del SEPE en una imagen de archivo. Europa Press

Las ayudas del SEPE que puedes solicitar dependiendo de tu situación

El organismo cuenta con diferentes subvenciones dependiendo de la situación labora, familiar y socioeconómica de los ciudadanos

A. Pedroche

Sábado, 12 de agosto 2023, 00:37

La situación económica actual es complicada. Muchas personas se encuentran en una situación de desempleo o de vulnerabilidad y necesitan recurrir a subvenciones para poder vivir. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece diferentes ayudas dependiendo de la situación labora, familiar y socioeconómica de los ciudadanos. Según publica el organismo a través de Twitter, hay diversas prestaciones asistenciales, cada una de ellas atendiendo a diversas circunstancias del solicitante. Estas son todas las ayudas por desempleo que concede el SEPE:

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Subsidio por cotizaciones insuficientes

Esta ayuda está pensada para aquellas personas que han trabajo menos de un año y, por lo tanto, no pueden acceder al paro. La duración de este subsidio «dependerá del número de meses cotizados y de si tiene o no responsabilidades familiares», según se establece en la web del SEPE.

Estos son los requisitos para acceder a esta ayuda:

- Estar desempleado

- ​Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad

​- Haber cotizado al menos tres meses (si se tienen cargas familiares) o un mínimo de seis (si no se tienen cargas familiares); y menos de un año

- ​No percibir rentas superiores al 75% del salario mínimo

La cuantía a percibir será del 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), es decir, de 480 euros al mes.

Subsidio por agotamiento del paro sin cargas familiares

Esta prestación está dirigida a los trabajadores en paro que hayan agotado el subsidio contributivo, que tengan más de 45 años y sin responsabilidades familiares a su cargo, según se establece en la web del SEPE. La duración, según se explica en la web del SEPE, «será de 6 meses prorrogables por periodos semestrales, en función de la duración de la prestación por desempleo que haya agotado y de su edad». Estos son los requisitos para poder acceder a esta ayuda:

- Estar desempleado

​- Estar inscrito como demandante de empleo

- ​No haber rechazado una «oferta de colocación adecuada»

​- Suscribir el acuerdo de actividad

- ​Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.

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- Tener cumplidos 45 años en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva.

​- No percibir rentas superiores al 75% del salario mínimo

La cuantía será del 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), es decir, de 480 euros al mes.

Subsidio para emigrantes que retornan a España

Los requisitos para acceder a esta ayuda son:

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- Estar desempleado

​- Retornar a España desde países que no formen parte de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza.

- ​​Estar inscrito como demandante de empleo

​- Suscribir el acuerdo de actividad

- ​Haber trabajado doce meses mínimo en los últimos seis años desde la salida de España en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo o Suiza.

- No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo por cotizaciones que tuviera acumuladas en los seis años anteriores a su salida de España

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- ​​No percibir rentas superiores al 75% del salario mínimo

La duración, según aclaran desde el SEPE, es de seis meses, que pueden prorrogarse hasta un máximo de 18 meses. La cuantía será del 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), es decir, de 480 euros.

Subsidio para mayores de 52 años

Esta ayuda está dirigida a aquellas personas mayores de 52 años que se encuentren sin trabajo, tienen derecho a cobrar su prestación por desempleo, siempre que cumplan los requisitos de cotización exigidos. En caso de no hacerlo, existe una ayuda específica para este colectivo que cuenta con sus propios requisitos:

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-Permanecer en situación de desempleo y haber cumplido los 52 años.

-Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo y contar, al menos, con 15 años cotizados, dos de ellos dentro de los últimos quince años.

-Tener cotizados al desempleo al menos seis años en la vida laboral y carecer de rentas propias que en cómputo mensual sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional.

Para esta prestación, la cuantía es del 80% del IPREM (unos 480 euros mensuales) y la duración, de cumplirse los requisitos, es hasta que se alcance la edad exigida para tener derecho a la pensión contributiva de la Seguridad Social (la jubilación).

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Subsidio para liberados de prisión

Esta prestación está dirigida a los ciudadanos que salgan de prisión tras cumplir su pena de cárcel. Para ellos, los requisitos para acceder a una prestación de desempleo son:

- Estar desempleado

- ​Estar inscrito como demandante de empleo

- ​No haber rechazado una «oferta de colocación adecuada»

- ​Suscribir el acuerdo de actividad

​- No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.

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- Haber sido liberado o liberada de prisión, siempre que la privación de libertad haya sido por un tiempo superior a seis meses.

​​- No percibir rentas superiores al 75% del salario mínimo

Según informa el SEPE, la duración es de seis meses, que pueden prorrogarse hasta un máximo de 18 meses. La cuantía será del 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), es decir, de 480 euros.

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