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Sede del Banco de España. Óscar Chamorro /Colpisa

El último aviso del Banco de España para que Hacienda no se quede todo el saldo de la cuenta bancaria

El organismo explica que una entidad no tiene obligación de remitir extractos y documentos «si no ha habido movimientos»

Jaume Lita

Valencia

Sábado, 21 de mayo 2022

Hacienda se puede quedar con todo el saldo de tu cuenta bancaria. Así, de golpe (aunque debe haber notificaciones de aviso). Todo se recoge en la Ley 33/2003 del Patrimonio del Estado, en la que se establece que llegado a un periodo de tiempo determinado lar arcas del Estado pueden absorber todo el saldo de una cuenta bancaria, sea el que sea. Con este procedimiento se inyectaron 12 millones en 2019, por lo que se constata que en un mecanismo vigente y que mueve una gran cantidad de dinero. La situación ha llegado a tal punto que el propio Banco de España ha publicado un aviso con lo que hay que hacer para evitar que todo el saldo acabe en los fondos públicos y que por sorpresa la cuenta sea cero.

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El procedimiento que se activa no es inmediato, por lo que difícilmente un titular puede darse de bruces con una cuenta bancaria vaciada. Es por ello que el Banco de España explica que «lo más sensato es que la canceles», en referencia a las cuentas bancarias sin saldo, ya que «tener saldo cero no es lo mismo que cancelada, por lo que puede generar costes y sorpresas».

La comunicación del Banco de España, publicada en el blog del organismo, insiste en que una cuenta que no está cancelada puede sumar comisiones de mantenimiento, aunque también admite que «las entidades no suelen cargar comisiones en cuentas con saldo cero para evitar que queden en descubierto».

El Estado para quedarse con todo el saldo de una cuenta bancaria debe darse una situación muy concreta: que durante 20 años consecutivos no se registre ningún movimiento ni tampoco indicaciones por parte del titular. Estos casos suelen darse en los traspasos de titularidad bancaria por fallecimiento, así que el control y mantenimiento de la cuenta puede evitar esta actuación.

El Banco de España explica que «la entidad debe seguir remitiendo al cliente extractos y documentos informativos, pero no está obligada si no ha habido movimientos«. Esta falta de obligación puede propiciar, que si se mantiene durante 20 años, que el saldo desaparezca, ya que se considera que está »abandonada«, sin titular.

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Las claves son cancelar una cuenta sin saldo o controlar cualquier depósito bancario del que se es titular, para evitar así las «sorpresas« sobre las que avisa el Banco de España.

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