![Pago con dinero en efectivo en un comercio.](https://s3.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202206/06/media/cortadas/dinero-kvAB-U1703365445477v-624x385@Las%20Provincias.jpg)
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Martes, 7 de junio 2022, 00:36
El dinero en efectivo no pasa por su mejor momento y su uso ha decaído en aras de las tarjetas de crédito y plataformas de pago contactless como Bizum o Google Pay, que posibilitan hacer uso del móvil para efectuar transacciones sin tener que echar mano a la cartera. No obtante, esto no significa que el 'metálico' haya dejado de utilizarse, ni mucho menos. Aunque hay quien ya no suele pasar por el cajero, gran parte de la población sigue usando billetes y monedas para sus compras y no salen de casa sin comprobar que llevan euros físicos encima.
En la mayoría de comercios ya se permite el pago con tarjeta y es raro encontrarse con un establecimiento en el que no podamos pagar con este método, pero ahora ocurre lo contrario y también hay negocios en los que no se aceptan el dinero en efectivo. Hasta ahora.
Con la entrada en vigor del artículo 82.4 del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 noviembre, los comercios españoles están obligados a aceptar los pagos con dinero en efectivo. Así lo recoge este artículo, que modifica el artículo 47 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que recoge los supuestos en los que un establecimiento puede ser sancionado. Entre los motivos por los que se puede multar a una tienda se encuentra «la negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal».
El objetivo de esta modificación es evitar el riesgo de exclusión financiera de quienes de colectivos no familiarizados con el pago digital, garantizando su derecho a poder realizar transacciones en efectiivo.
Aunque por lo general será una infracción considerada como leve, puede llegar a sancionarse como grave o muy grave en función de la situación. Por ejemplo, un condicionante importante (entre otros) puede ser aprovecharse de la necesidad de ciertos productos o servicios o reinicidir en la infracción.
Dinero en efectivo
La cuantía de la multa va de los 150 a los 10.000 euros e incluso se pueden sobrepasar dichos importes hasta multiplicar por cuatro el beneficio obtenido de forma ilícita, según
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