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Renta 2020 | Los gastos que te puedes desgravar en la declaración de la Renta para ahorrar 1.356 euros

Los gastos que te puedes desgravar en la declaración de la Renta para ahorrar 1.356 euros

La Agencia Tributaria establece las deducciones relativas a la vivienda para la campaña de la Renta 2020

LP.ES

Martes, 20 de abril 2021, 21:59

Este año, la campaña de la Renta 2020 ha arrancado marcada por la pandemia del coronavirus. En las próximas semanas, los contribuyentes podrán hacer la declaración de la Renta por Internet, por teléfono o de forma presencial en una de las oficinas de la Agencia Tributaria.

A la hora de hacer la declaración, es importante revisar previamente las deducciones a las que podemos acogernos en cada comunidad autónoma. Uno de los factores que pueden desgravar es la hipoteca de una vivienda.

En este sentido, se podrá desgravar el importe destinado a la vivienda habitual con un límite establecido de 9.040 euros. De esta forma, un propietario podrá deducirse hasta 1.356 euros al año.

También forman parte de la base de la deducción los gastos originados por la adquisición de la vivienda, como por ejemplo el seguro de daños de la vivienda.

No obstante, para poder beneficiarse de esta deducción, es necesario que el préstamo hipotecario se formalizarse antes de 2013, puesto que este año se suprimió la deducción por inversión en vivienda habitual.

Cabe destacar también que sólo se podrá desgravar la hipoteca de la primera vivienda. Esto quiere decir que la deducción no será aplicable a segundas residencias: chalets vacacionales, casas en la playa o en el pueblo...

Deducciones relativas a la vivienda en la Comunitat Valenciana

En la Comunitat Valenciana, los contribuyentes podrán desgravar en la declaración de la Renta:

- Por cantidades destinadas a la primera adquisición de su vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años.

- Por cantidades destinadas a la adquisición de su vivienda habitual por personas con discapacidad.

- Por cantidades destinadas a la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual procedentes de ayudas públicas.

- Por arrendamiento vivienda habitual.

- Por arrendamiento vivienda como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en municipio distinto de aquel en el que el contribuyente residía con anterioridad.

- Por inversiones en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica o destinadas al aprovechamiento de determinadas fuentes de energía renovables en las viviendas o edificio dónde se ubiquen.

- Por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual efectuadas en el período.

- Por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual efectuadas en 2014 y 2015.

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