Un hombre de 63 años ha conseguido jubilarse con una pensión mensual de 2.932,14 euros, después de que la Seguridad Social rechazara en varias ocasiones su solicitud de jubilación anticipada. Así lo ha dictaminado el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), que ha confirmado el derecho del demandante a recibir el 100% de su base reguladora tras años de disputas administrativas y judiciales.
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El demandante, que padece una discapacidad del 57% reconocida oficialmente desde 2010, solicitó la jubilación anticipada al cumplir los 63 años, amparándose en la normativa vigente que reduce la edad de jubilación para personas con discapacidades significativas. El trabajador sufrió un traumatismo craneoencefálico a los tres años de edad, lo que derivó en múltiples limitaciones funcionales, como problemas de columna, crisis convulsivas generalizadas y una enfermedad del aparato genitourinario. A pesar de estas condiciones, desarrolló una carrera laboral de más de 42 años adaptada a sus capacidades.
En julio de 2023, el hombre presentó su primera solicitud de jubilación anticipada, basándose en el Real Decreto 1851/2009 y su posterior modificación por el Real Decreto 370/2023. Sin embargo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) rechazó su petición, argumentando que no cumplía los años mínimos de cotización necesarios para aplicar los coeficientes reductores por discapacidad.
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Tras este primer rechazo, el demandante presentó una nueva solicitud en noviembre de 2023. Esta vez, el INSS aceptó parcialmente su petición, pero solo le reconoció el derecho a percibir el 88,57% de su base reguladora. Disconforme con esta decisión, el trabajador llevó su caso al Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza, que falló a su favor. Este tribunal determinó que cumplía todos los requisitos legales para acceder a la jubilación anticipada con el 100% de la base reguladora, lo que resultaba en una pensión de 2.932,14 euros mensuales.
El INSS, no conforme con el fallo, interpuso un recurso de suplicación ante el TSJA, centrando su argumento en que el daño cerebral solo se acreditó oficialmente desde 2010 y que, por tanto, no se justificaba plenamente la aplicación de los coeficientes reductores.
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Finalmente, el TSJA desestimó el recurso del INSS y confirmó la sentencia del Juzgado de lo Social. En su resolución, el tribunal reconoció que el demandante cumplía todos los requisitos legales para acceder a la jubilación anticipada con el 100% de su base reguladora, destacando la validez de su historial laboral y las patologías que afectan a su salud desde temprana edad.
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