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Ciudadanos hacen cola en una oficina del SEPE. LP
SEPE, paro, paga | El importante aviso del SEPE sobre la sanción por no sellar el paro

El importante aviso del SEPE sobre la sanción por no sellar el paro

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) advierte sobre las consecuencias de dejar de cumplir este requisito

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Domingo, 2 de enero 2022, 00:30

Estar en el paro se convierte en una preocupación más para aquellos ciudadanos que han perdido su empleo o están buscando una oportunidad profesional. En muchas ocasiones, los usuarios del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) no tiene más ingresos que la prestación por desempleo y mantenerla se vuelve una más de sus obligaciones.

Además de estar sin trabajo, para poder cobrarla es imprescindible acreditar una serie de requisitos que no basta con presentar en las oficinas y ya está. En algunos casos, se debe mantener una regularidad y demostrar periódicamente que se cumple con lo necesario para percibir el subsidio. De no hacerlo, el beneficiario se arriesga a dejar de recibir el importe correspondiente.

En la lista de requisitos solicitados por el SEPE se encuentra uno de los más relevantes, la demanda de empleo. Además de presentarla para poder pedir el paro, hay que renovarla cada tres meses para seguir cobrando la paga, ya que de no ser así se pierde el derecho a la misma.

La tarjeta de la demanda de empleo es un documento con el que el SEPE confirma que el trabajador está buscando trabajo de manera activa para solventar su situación y que no se limita a cobrar la prestación como primera opción. A este proceso se le denomina popularmente como 'sellar' el paro y no hacerlo puede implicar desde la pérdida del importa hasta sanciones.

Qué pasa si dejas de sellar el paro

Al dejar de sellar el paro, el beneficiario deja de cobrar la paga durante los meses que no se haya realizado su renovación, ya que no se considera que esté inscrito como demandante de empleo.

Además, el solicitante puede ser sancionado con una infracción leve por «no cumplir, salvo causa justificada, el requisito de mantener la inscripción como demandante de empleo, exigido para continuar percibiendo la prestación», según detalla el SEPE en su sede electrónica.

La sanción del SEPE por realizar una falta leve supone perder un mes la paga, y si se vuelve a realizar de nuevo la misma falta la sanción asciende a tres meses de pérdida del cobro. Una tercera vez implica seis meses sin cobrar y una cuerta, supone perder del todo la prestación.

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