Con la llegada del final del año, son muchas las empresas y trabajadores revisan el cómputo de horas trabajadas para asegurarse de que no se excedan los límites anuales establecidos. Si la jornada anual supera el máximo permitido, la empresa está obligada a compensar ese exceso, ya sea con tiempo libre o abonándolo como horas extraordinarias. Pero, ¿cómo se calcula la jornada anual y qué factores se deben tener en cuenta?
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La jornada máxima anual se refiere al número total de horas que un trabajador puede realizar en un año natural según lo establecido en su convenio colectivo o, en su defecto, en el Estatuto de los Trabajadores. En muchos casos, los convenios fijan un máximo estándar, como las 1.764 horas para jornadas completas de 39 horas semanales. Este límite se ajusta proporcionalmente en casos de jornadas parciales o reducidas.
En este sentido, para calcular tu jornada anual, debes seguir estas pautas:
- Sumar las horas efectivas trabajadas cada mes. Incluyen tanto los días ordinarios como los festivos trabajados.
- Añadir permisos retribuidos. Estos cuentan como tiempo de trabajo efectivo.
- Incluir otros supuestos específicos. Como permisos de lactancia o bajas médicas.
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Es importante realizar un cómputo detallado, asegurándote de no incluir elementos que no suman en la jornada anual, como las horas extra abonadas, los días de vacaciones o permisos no retribuidos. Asimismo, se debe prestar atención a casos particulares, como días de vacaciones o compensatorios del año anterior que se disfrutan en el año actual. Estos no se computan en la jornada del año en curso.
Si trabajas más de las horas máximas establecidas, la empresa debe compensarte con tiempo libre equivalente o abonarte esas horas como extraordinarias. En caso de que la empresa obligue al trabajador a superar la jornada máxima anual sin compensación, se pueden tomar acciones legales.
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El exceso de jornada no solo supone una infracción laboral, sino que puede vulnerar los derechos fundamentales del trabajador. Asimismo, el empresario no puede exigir al empleado recuperar las horas si el cómputo final del año resulta inferior al límite establecido.
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