J.Zarco
Valencia
Viernes, 27 de diciembre 2024, 01:52
El Gobierno ha confirmado que las pensiones no contributivas subirán en el año 2025 un 9%, una cantidad mucho mayor que el 2,8% en el que se incrementarán las contributivas. El Consejo de Ministros aprobó este lunes el Real Decreto-ley de revalorización de las pensiones para 2025, que fue publicado este martes en el Boletín Oficial del Estado.
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De este modo, la cantidad íntegra de las pensiones no contributivas, ya sea jubilación o invalidez, crecerá hasta los 7905,80 euros anuales. De forma mensual, equivale a 564,7 euros mensuales en 14 pagas. La cuantía mínima del 25% sube a 1.976,38 euros anuales y 141,17 euros mensuales.
Con respecto a las pensiones no contributivas de invalidez que incluyen el complemento del 50%, el importe será de 11.858,7 euros anuales, 847,05 euros mensuales en 14 pagas. Se trata de un complemento al que acceden personas con un grado de discapacidad igual o superior al 75% y la necesidad de la asistencia de otra persona para realizar las actividades esenciales del día a día.
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Las pensiones no contributivas seguirán aumentándose a lo largo de los próximos años hasta coincidir en 2027 con el 75% del umbral de la pobreza calculado para un hogar unipersonal, situándose en los 8.250 euros anuales y los 592 mensuales.
En consecuencia aumenta el límite de ingresos para acceder a esta ayuda. Desde 2025 pasará de los 7.250,60 euros anuales a los 7.905,80 euros anuales. Si se convive con familiares, los límites serán los siguientes:
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En convivencia únicamente con cónyuge o parientes consanguíneos de segundo grado:
2 convivientes: 13.435,36 euros por año.
3 convivientes: 18.967,57 euros por año.
4 convivientes: 24.499,77 euros por año.
Convivencia con parientes consanguíneos que incluyan alguno de los padres o hijos del beneficiario:
2 convivientes: 33.588,40 euros por año.
3 convivientes: 47.418,92 euros por año.
4 convivientes: 61.249,44 euros por año.
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Son prestaciones económicas que se reconocen a los ciudadanos que carecen de recursos suficientes para su subsistencia, incluso cuando no hayan cotizado nunca a la Seguridad o no hayan cotizado el tiempo suficiente para poder solicitar las prestaciones contributivas.
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