La integración laboral de las personas con discapacidad sigue siendo causando muchos problemas al colectivo. Existen muchas barreras que impiden que este grupo de personas accedan a determinados empleos, ya sea por su incapacidad o por las exigencias laborales. Es por ello que el Estado contempla una pensión de discapacidad para que puedan percibir un ingreso que les permita subsistir. Sin embargo, no todas las personas que tengan un grado de invalidez reconocido pueden acceder a esta prestación.
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Se trata de una pensión no contributiva que, según determina el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, liderado por José Luis Escrivá, solo se destina a aquellas personas que tienen un porcentaje significativo o que reúnen unas condiciones determinadas. Así, tal y como explican desde el organismo, para poder recibir la pensión por discapacidad es necesario contar con un grado elevado reconocido. Concretamente, solo tienen derecho a cobrarla aquellas personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
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No obstante, las personas con un grado de discapacidad de entre el 33% y el 64%, también cuentan con algunos beneficios de tipo fiscal o social. Es posible percibir el Ingreso Mínimo Vital, una rebaja del IRPF, reducciones de cuotas de la Seguridad Social o facilidades para acceder a una vivienda protegida.
Por su parte, las personas con un grado de discapacidad inferior al 33% no tienen derecho a cobrar una pensión, ni a disfrutar de ningún tipo de beneficio fiscal o social.
-Tener entre 18 y 65 años en el momento de cumplimentar la solicitud.
-No haber cotizado el tiempo suficiente para cobrar una pensión contributiva.
- Residir legalmente en España desde hace, al menos, cinco años. Dos de los cuales tienen que ser inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.
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-Tener unos ingresos máximos anuales personales de 6.784,54 euros, una cantidad que se puede elevar en función de los integrantes de la unidad familiar.
La pensión no contributiva de invalidez en 2024, supone percibir 7.250,60 euros anuales, divididos en 14 pagas de 517,90 euros mensuales. En este sentido, la cuantía individual de cada pensionista se determina a partir del importe íntegro y en función del número de beneficiarios de pensión no contributiva en la unidad de convivencia, de sus rentas personales y/o de las rentas de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser esa cuantía individual inferior a la mínima del 25% de la cuantía integra (en 2024, 1.812,65 euros anuales -129,48 euros mensuales-).
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Clara Alfonso
Sin embargo, si se alcanza un 75% de discapacidad el importe es mayor, ya que existe un complemento del 50% de la cuantía íntegra, que se traduce en 3.625,30 euros anuales. Para optar a esta cantidad adicional, hay que demostrar que se precisa ayuda de terceras personas para llevar a cabo las tareas esenciales del día a día, tales como vestirse o comer.
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