En pleno mes de agosto, en el que la mayoría de la población se encuentra de vacaciones, son muchos los beneficiarios de incapacidad permanente los que se preguntan cuándo cobrarán la pensión este mes. A esta pregunta ha respondido la Seguridad Social, que ha confirmado que en agosto de 2024, los pensionistas de incapacidad permanente recibirán un nuevo ingreso, cumpliendo así con su función de ayudar económicamente a los extrabajadores que sufren una dolencia o enfermedad, ya sea laboral o no, si cumplen los requisitos de acceso a la pensión.
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Pero antes de conocer cuál será ese pago al que tengan derecho los beneficiarios de la incapacidad, hay que recordar que, de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 8/2015, la Seguridad Social está obligada a abonar la pensión contributiva de incapacidad permanente en 14 pagas anuales, salvo en casos de accidente o enfermedad profesional, en los cuales se prorratea en 12 mensualidades.
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Según la Ley General de la Seguridad Social, todos los beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente recibirán un pago mensual, que en este mes de agosto corresponderá a la cuantía habitual de la última mensualidad ordinaria. La Seguridad Social ha explicado que, aunque las pensiones se pagan a mes vencido y deberían recibirse «entre el primer y cuarto día hábil del mes siguiente», generalmente, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) realiza los ingresos antes de esa fecha, concretamente el día 25 de cada mes.
No obstante, dado que el 25 de agosto de 2024 cae en domingo, el ingreso se trasladará al siguiente día hábil, que será el lunes 26 de agosto.
La cuantía exacta que recibirá cada beneficiario dependerá del tipo de incapacidad permanente: parcial, total, absoluta o de gran invalidez, así como del origen de la contingencia, ya sea común o profesional. Estos factores determinan el porcentaje de la base reguladora que se aplica.En función de esas variables, cada tipo tiene un porcentaje específico de base reguladora.
Por ejemplo, en la modalidad parcial, la mensualidad corresponde con 24 mensualidades de esa base; mientras que la total, el beneficiario recibe el 55% de la base. Esto se podría aumentar hasta el 75% a partir de los 55 años.
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En los casos de incapacidad absoluta y gran invalidez, los beneficiarios pueden recibir el 100% de la base reguladora. Aquellos que hayan cotizado por las bases más altas podrían llegar a cobrar hasta 3.059 euros mensuales, el importe máximo fijado para 2023, aunque también existen cuantías mínimas garantizadas.
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