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El simple error que te puede costar una multa de 100 euros en la declaración de la Renta

Se trata de un fallo relativo al domicilio fiscal

J.Z

Miércoles, 9 de marzo 2022, 00:48

La campaña de la declaración de la renta 2021 ya tiene fecha. Dará comienzo el 6 de abril y se podrán presentar las primeras declaraciones del IRPF y de Patrimonio a través de Internet, medio que utilizan 9 de cada 10 contribuyentes. Casi un mes más tarde, el 5 de mayo, se abre el plazo para aquellos que quieran presentarla por teléfono. Ya para el 1 de junio, la declaración de la Renta se podrá realizar de forma presencial.

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Hacienda puede multar con sanciones de hasta 300.000 euros por errores al realizar la declaración de la renta. Entregar directamente el borrador que la propia Agencia Tributaria prepara es muy habitual, pero no lo más recomendable. En primer lugar porque los contribuyentes podrían verse aún más beneficiados si revisan ciertos puntos y segundo porque algún error o la omisión de ciertas informaciones puede acarrear sanciones importantes.

Uno de los errores más habituales a la hora de realizar la declaración tiene que ver con el domicilio fiscal. Es muy importante revisarlo antes que nada, porque en el caso de no hacerlo y haberlo cambiado sin notificarlo, la multa puede ascender hasta los 100 euros.

Tres tipos de sanciones

La normativa establece una clasificación de este tipo de infracciones, que pueden distinguirse entre leve, grave o muy grave. Puede ser considerada en estos tres niveles en función de la cuantía de la liquidación, que será la base de la sanción. Si la base de la sanción es menor a 3000 euros o no existe ocultación, se considera leve. La sanción es una multa proporcional del 50%.

Si hay ocultación o la sanción supera los 3.000 euros se estipula como grave. También se reconoce como grave la utilización de documentación falsa o cuando la incidencia de la llevanza incorrecta de los libros o registros sea superior al 10% e inferior o igual al 50% de la base de la sanción. En este caso la multa será proporcional y de entre el 50% y el 100%. Por último, se considerará muy grave cuando se hayan utilizado medios fraudulentos, cuya sanción es una multa proporcional de entre el 100% y el 150%.

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