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La Seguridad Social impone nueve obligaciones a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (y 7 a sus familiares)

La Seguridad Social impone nueve obligaciones a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (y 7 a sus familiares)

El l cumplimiento de todas estas obligaciones es fundamental para garantizar la continuidad de la prestación y su correcto funcionamiento

Viernes, 20 de diciembre 2024, 00:19

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se ha consolidado como una herramienta clave en el sistema de protección social. Diseñado para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social, esta prestación tiene como objetivo garantizar un nivel mínimo de renta a quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad económica, permitiendo cubrir necesidades básicas y ofreciendo una oportunidad para la inclusión social y laboral. Sin embargo, para garantizar su correcta gestión y la distribución justa de los recursos públicos, tanto los beneficiarios como sus familiares están sujetos a una serie de obligaciones.

El IMV no solo asegura un ingreso básico, sino que también opera como una red de apoyo que busca fomentar la transición desde la exclusión social hacia una participación activa en la sociedad. En este sentido, incluye incentivos al empleo y a la inclusión social, en colaboración con diversas administraciones. Sin embargo, este derecho subjetivo a una prestación económica conlleva responsabilidades claras para sus beneficiarios, quienes deben cumplir con una serie de obligaciones específicas durante el tiempo que perciben la ayuda.

Obligaciones de los titulares

Tal y como explican desde la Seguridad Social, los titulares del IMV tienen nueve responsabilidades principales para mantener la prestación y asegurar su adecuada administración. Estas son:

1. Proporcionar la documentación e información precisa en orden a la acreditación de los requisitos y la conservación de la prestación, así como para garantizar la recepción de notificaciones y comunicaciones.

2. Comunicar cualquier cambio o situación que pudiera dar lugar a la modificación, suspensión o extinción de la prestación, en el plazo de treinta días naturales desde que estos se produzcan.

3. Comunicar cualquier cambio de domicilio o de situación en el Padrón municipal que afecte personalmente a dichos titulares o a cualquier otro miembro que forme parte de la unidad de convivencia, en el plazo de treinta días naturales desde que se produzcan.

4. Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas.

5. Comunicar a la entidad gestora con carácter previo las salidas al extranjero tanto del titular como de los miembros de la unidad de convivencia, por un periodo, continuado o no, superior a noventa días naturales cada año natural, así como, en su caso, justificar la ausencia del territorio español por causa de enfermedad.

6. Presentar anualmente declaración correspondiente al Impuesto sobre la renta de las personas físicas.

7. En caso de compatibilizar la prestación del ingreso mínimo vital con las rentas del trabajo o la actividad económica cumplir las condiciones establecidas para el acceso y mantenimiento de dicha compatibilidad.

8. Participar en las estrategias de inclusión que promueva el Ministerio de Inclusión, Seguridad social y Migraciones.

9. Cualquier otra obligación que pueda establecerse reglamentariamente.

Obligaciones de la unidad familiar

Los miembros de la unidad de convivencia del perceptor de esta prestación también tienen responsabilidades específicas, que suman un total de siete:

1. Notificar el fallecimiento del titular.

2. Informar situaciones irregulares. Cualquier hecho que desvirtúe el propósito de la prestación debe ser comunicado.

3. Declaración de la renta. Al igual que los titulares, deben presentar la declaración del IRPF.

4. Asumir las obligaciones del titular. Si el titular no cumple con sus obligaciones, los familiares deberán asumirlas.

5. Compatibilidad con empleo. Al igual que los titulares, deben cumplir con las normativas sobre la compatibilidad de la prestación con el trabajo.

6. Participar en estrategias de inclusión. También están obligados a colaborar en las iniciativas promovidas por el ministerio.

7. Cumplir normativas futuras. Cualquier otra obligación reglamentaria será aplicable.

El cumplimiento de todas estas obligaciones es fundamental para garantizar la continuidad de la prestación y su correcto funcionamiento. Estas responsabilidades no solo permiten mantener el apoyo económico, sino que también aseguran que la ayuda llegue a quienes realmente la necesitan. Por ello, tanto los titulares como sus familias deben ser conscientes de que la sostenibilidad de esta red de protección social depende, en gran medida, de su compromiso con las normas establecidas.

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