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Empleada de una empresa de limpieza. Pablo Sánchez / AGM
Una empleada tendrá que devolver 4.000 euros del paro al SEPE por faltar al trabajo

Una empleada tendrá que devolver 4.000 euros del paro al SEPE por faltar al trabajo

El tribunal obliga al reintegro tras el fallo judicial

Jueves, 22 de agosto 2024

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dado a conocer una sentencia que obliga a una mujer de Lleida a devolver más de 4.000 euros al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). La resolución judicial se basa en que la trabajadora habría incurrido en conductas que, según el tribunal, constituyen un fraude de ley al haber faltado repetidamente al trabajo sin justificación, con la intención de ser despedida y acceder de manera indebida a la prestación por desempleo.

El caso comenzó cuando la mujer, empleada a tiempo parcial en una empresa de limpieza, fue despedida de forma disciplinaria después de haber acumulado numerosas faltas injustificadas. La empresa había amonestado a la trabajadora en dos ocasiones por faltas graves, registrando ausencias de tres días en agosto de 2020, cuatro días en octubre del mismo año, y once días consecutivos en enero del año siguiente. Esta última ausencia fue la que motivó el despido disciplinario, tras lo cual la trabajadora solicitó y comenzó a recibir la prestación por desempleo, que se le concedió por un periodo de dos años.

Sin embargo, meses después de que la mujer comenzara a cobrar la prestación, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social emitió un informe en el que se señalaba que la trabajadora había actuado con la intención de ser despedida de manera disciplinaria para así poder acceder a la prestación. Este informe concluyó que la trabajadora «buscó el despido de forma deliberada», una afirmación que fue clave para que el TSJC tomara su decisión.

La sentencia del TSJC revoca la resolución inicial emitida por el Juzgado de lo Social 1 de Lleida, que había dado la razón a la trabajadora al considerar que esta desconocía que sus faltas injustificadas al trabajo le impedirían acceder a la prestación por desempleo. Sin embargo, el SEPE recurrió esta decisión ante el TSJC, que ahora ha fallado a favor del organismo estatal. El tribunal argumenta que la empleada «forzó un despido disciplinario para ocultar su intención de cese voluntario como real causa de la extinción del contrato, que no permite el acceso a la prestación por desempleo».

El tribunal también desestima los argumentos de la trabajadora, quien había alegado que sus ausencias se debían a problemas de salud. En su sentencia, el TSJC subraya que no existen informes médicos que acrediten dichas dolencias, lo que refuerza la conclusión de que las faltas fueron injustificadas y deliberadas.

En consecuencia, el TSJC ha ordenado que la mujer devuelva al SEPE un total de 4.059 euros que había percibido en concepto de prestaciones de desempleo. Esta decisión, no obstante, aún no es definitiva, ya que la sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

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