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Miércoles, 24 de agosto 2022, 01:04
Estar desempleado supone, además de la preocupación de encontrar un puesto de trabajo, tener que hacer frente a una situación económica de ingresos nulos o muy limitados. Aunque el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) pone a disposición de los ciudadanos en búsqueda activa de empleo su conocido paro o subvención por desempleo, hace falta alcanzar un mínimo cotizado para poder acceder a ella.
Uno de estos requisitos es el tiempo de cotización que se exige, que lleva a muchos ciudadanos a creer que no tienen derecho a cobrar el paro si no alcanzan el mínimo. Por norma general, es necesario haber cotizado antes, al menos un año entero según la normativa de la Seguridad Social para poder acceder al subsidio por desempleo, pero como en todo, hay excepciones.
La realidad es que es posible optar a una versión reducida del subsidio por desempleo, que se conoce como 'miniparo'. Se trata de una ayuda del SEPE cuya cuantía alcanza los 463,21 euros mensuales, que también tiene sus propios requisitos de aprobación, como el número total de meses cotizados y si existen o no responsabilidades familiares.
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Uno de los puntos clave para acceder a cobrar esta ayuda del SEPE es que el solicitante debe haber trabajado al menos 90 días, unos tres meses. Otro aspecto importante a tener en cuenta es que para poder recibir la prestación se debe presentar la solictud en el plazo de 15 días hábiles desde que comienza la situación legal de desempleo.
- Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si usted tiene responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no las tiene, y no llegar a 360 días. En el caso de tener los 360 días cotizados, tendría derecho a la prestación contributiva.
-Estar desempleado o desempleada y en situación legal de desempleo.
-Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
- No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (Cuantías para este año). Se tendrán en cuenta las rentas íntegras o brutas.
El propio SEPE detallaba en su perfil de Twitter información sobre esta ayuda, como suele realizar a través de sus redes sociales.
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