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Una oficina del SEPE. Óscar Cañas / Europa Press
SEPE: cobrar pagas y ayudas hasta la jubilación | El SEPE impone 9 requisitos para cobrar una de sus pagas hasta la jubilación

El SEPE impone 9 requisitos para cobrar una de sus pagas hasta la jubilación

El Servicio Público de Empleo Estatal marca varias condiciones para mantener el ingreso de uno de sus subsidios más importantes

T.VILLENA

Jueves, 23 de febrero 2023, 00:26

Cobrar una paga del SEPE supone cumplir una serie de requisitos que, generalmente, implican que no tienes trabajo ni ingresos con los que poder hacer frente a los gastos mínimos. El Servicio Público de Empleo Estatal ofrece varias ayudas y subsidios orientados a perfiles diferentes, ya que las dificultades para incorporarse al mercado laboral varían en función de factores como la edad o la experiencia.

Por ejemplo, es probable que alguien que se ha quedado en paro a una edad avanzada le cueste encontrar un nuevo puesto de trabajo, una triste realidad que la Seguridad Social tiene en cuenta y por la que ofrece el subsidio para mayores de 52 años. Además, esta ayuda del SEPE es la única que puede cobrarse hasta la edad legal de jubilación en caso de no haber sido contratado antes.

Para que te aprueben una de las pagas del SEPE hace falta cumplir con todos y cada uno de los requisitos marcados por el departamento, pensados para garantizar que las ayudas se destinan únicamente a quienes las necesitan. Por ejemplo, para cobrar el subsidio para mayores de 52 años hay dos fundamantales: alcanzar dicha edad y haber cotizado lo suficiente para la jubilación. Esto se debe a que esta ayuda está planteada para los trabajadores que, después de estar toda la vida cotizando, se encuentran en el paro y con problemas para poder completar el mínimo necesario para recibir la jubilación.

Sin emabrgo, además de cumplir con los requisitos del SEPE, hace falta mantener ciertas condiciones mientras se está cobrando la ayuda. No hacerlo puede suponer la cancelación del cobro de la misma durante un tiempo o incluso perder el derecho a percibirla. En concreto, son diez puntos que el beneficiario debe comprometerse a mantener al día, tal y como detallan en la sede electrónica del SEPE:

1. Cotizar por la aportación correspondiente a la contingencia de desempleo.

2. Proporcionar la documentación e información que se establezca reglamentariamente para el reconocimiento, suspensión, extinción o reanudación del derecho a las prestaciones. Además, comunicar a los servicios públicos de empleo autonómicos y al Servicio Público de Empleo Estatal, el domicilio para recibir notificaciones y, si hay cambio de domicilio, comunicar este cambio en el momento en que se produzca.

3. Participar en los trabajos de colaboración social, programas de empleo o en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, que establezcan los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación (cuando estas desarrollen actividades en el ámbito de colaboración con aquellos). Así como aceptar la colocación adecuada que los servicios públicos de empleo o dichas agencias le hayan ofrecido.

4. Renovar la demanda de empleo en la forma y fechas indicadas en el documento de renovación de la demanda. Asimismo, presentarse, si ha sido citado previamente, ante el Servicio Público de Empleo Estatal, los servicios públicos de empleo autonómicos o las agencias de colocación (cuando estas desarrollen actividades en el ámbito de colaboración con aquellos).

5. Solicitar la baja en las prestaciones por desempleo porque se produzcan situaciones que den lugar a la suspensión o extinción de las mismas, o porque se dejen de reunir los requisitos exigidos para seguir percibiéndolas, en el momento en que se produzcan dichas situaciones.

6. Devolver las cantidades que el Servicio Público de Empleo Estatal haya abonado indebidamente.

7. Devolver, en el plazo de cinco días, a los servicios públicos de empleo, o en su caso, a las agencias de colocación (cuando estas desarrollen actividades en el ámbito de colaboración con aquellos), el justificante de haberse presentado en el lugar y la fecha indicados para cubrir la oferta de empleo que le hayan ofrecido.

8. Inscribirse como demandantes de empleo, mantener la inscripción y cumplir las exigencias del compromiso de actividad, en los términos establecidos en el artículo 41 del Texto Refundido de la Ley 3/2015, de 23 de octubre, de Empleo.

9. Buscar activamente empleo y participar en acciones para aumentar las posibilidades de ocupación que, en su caso, indiquen los servicios públicos de empleo competentes, dentro de un itinerario de inserción

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