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Martes, 11 de enero 2022, 01:04
Tener un tiempo de paro siempre es un alivio si estás en situación de desempleo. La ayuda del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es un empujón económico para aquellos que están en búsqueda activa de empleo, concedida cuando el ciudadano ha perdido su trabajo por causas no imputables y si ha cotizado al menos 360 días en los últimos seis años.
De hecho esta ayuda, en muchas ocasiones, se convierte en el único apoyo económico con el que cuentan sus beneficiarios, convirtiéndose en un auténtico salvavidas que normalmente se cobra mensualmente. No obstante, quienes tienen derecho a recibir esta ayuda del SEPE deben saber que también pueden solicitar recibirla toda de golpe, en un único pago.
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Es lo que se conoce como pago único del paro o capitalización del paro, tal y como el propio organismo ha recordado a través de perfil en Twitter, donde suele recordar información relevante a la ciudadanía como plazos, novedades, modificaciones o nuevas ayudas. Esta vez, el SEPE ha aclarado que quienes cobran el paro pueden solicitar esta opción para recibir todo el importe de su prestación por desempleo de golpe, siempre que cumplan con un requisito.
El ciudadano puede solicitar esta modalidad de pago siempre y cuando sea para formar su propia empresa como autónomo. Así lo detalla el SEPE en su sede electrónica, donde explica que la capitalización del paro «se trata de una medida para fomentar y facilitar iniciativas de empleo autónomo».
📢 Si estás pensando en iniciar un trabajo por cuenta propia, puedes solicitar el pago único de tu prestación por desempleo para montar TU empresa ⤵️
SEPE (@empleo_SEPE) January 10, 2022
🔸 Más información sobre la capitalización 👉 https://t.co/vg0ryHaRgv
🔸 Solicita la capitalización 👉 https://t.co/iBiNO12imC pic.twitter.com/tdMwUw0ISF
Además, se deben de cumplir otra serie de requisitos al respecto que el SEPE detalla en su web:
- Que el beneficiario esté pendiente de recibir a fecha de solicitud del pago único, al menos tres mensualidades. En el caso de las personas beneficiarias de la prestación por cese de actividad es necesario que tengan pendiente de percibir como mínimo seis meses.
- No haber cobrado el pago único, en cualquiera de sus modalidades, en los cuatro años inmediatamente anteriores.
- Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución que conceda el pago único, y siempre en fecha posterior a la solicitud. No obstante, una vez realizada la solicitud, se puede iniciar la actividad y darse de alta en la Seguridad Social antes de la resolución del pago.
- Quienes en los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único hayan compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación por desempleo de nivel contributivo, no tendrán derecho a obtener el pago único.
- Si la cooperativa prevé en sus estatutos la posibilidad de que los socios o socias tengan que superar un periodo de prueba, haber superado dicho periodo.
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Por otra parte, desde el SEPE detallan que una vez el solicitante reciba el importe de la prestación deberá «iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes» y «presentar la documentación que justifique el inicio» de la misma, en el plazo máximo de un mes «según la actividad que inicia y las modalidades de pago único que se conceden».
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