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El Supremo aclara quién debe pagar a un trabajador de baja hasta que le den la incapacidad permanente

El Supremo aclara quién debe pagar a un trabajador de baja hasta que le den la incapacidad permanente

La normativa establece que un trabajador puede permanecer en situación de incapacidad temporal hasta un máximo de 730 días

Viernes, 21 de febrero 2025, 01:04

El Tribunal Supremo ha resuelto una cuestión clave sobre quién debe hacerse cargo del pago de la prestación por incapacidad temporal cuando un trabajador supera los 730 días de baja sin que aún se haya resuelto si le corresponde una incapacidad permanente. Hasta ahora, existían discrepancias sobre si era el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la mutua laboral quien debía seguir abonando la prestación en estos casos.

La normativa establece que un trabajador puede permanecer en situación de incapacidad temporal hasta un máximo de 730 días. Durante este tiempo, la prestación económica puede ser abonada por el INSS o por la mutua colaboradora con la Seguridad Social, dependiendo de quién tenga la cobertura del trabajador. Sin embargo, cuando se superaba ese límite y el caso aún estaba pendiente de resolución para determinar si procedía una incapacidad permanente, surgía la duda sobre quién debía seguir pagando la prestación.

El fallo del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo, en una sentencia del 9 de diciembre, ha determinado que, en estos casos, son las mutuas colaboradoras las que deben seguir abonando la prestación por incapacidad temporal hasta que se tome una decisión sobre la concesión o denegación de la incapacidad permanente.

La resolución se produce tras un recurso de casación interpuesto por el INSS y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), a raíz de un litigio iniciado por Ibermutua. Esta mutua había reclamado al INSS la devolución de las prestaciones económicas abonadas a varios trabajadores que habían superado los 730 días de baja, alegando que no le correspondía seguir asumiendo estos pagos. Un juzgado de Valladolid falló en su contra en 2021, y la sentencia fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Ante esta situación, el INSS y la TGSS presentaron un recurso de casación para unificar doctrina, argumentando que existía una sentencia contradictoria del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que señalaba que la Seguridad Social podía asumir el pago subsidiario en estos casos si la mutua se negaba a hacerlo.

En este contexto, el Supremo ha dejado claro que la entidad que gestionaba la incapacidad temporal al inicio de la baja, es decir, la mutua, es la que debe continuar abonando la prestación más allá de los 730 días, hasta que se resuelva la situación del trabajador.

Este criterio está en línea con una instrucción del INSS del 16 de octubre de 2023, que ya establecía que, en casos donde la baja por incapacidad temporal se prolongue más de 730 días sin que se haya determinado la concesión de la incapacidad permanente, el pago de la prestación recae sobre la mutua.

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