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Sábado, 14 de enero 2023, 01:20
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede ejercer de salvavidas para aquellas personas que de la noche a la mañana pierden su empleo. El organismo se encarga de ayudar de forma económica a quiénes han perdido su trabajo y también a quienes están en busqueda activa de él.
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A partir de ahí, dependiendo de la cotización ante la Seguridad Social, se podrá cobrar una prestación mensual que abarcará más o menos meses dependiendo de cuál sea la cotización oficial y siempre que se cumplan unos requisitos y unos plazos exigidos por el organismo oficial.
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En este sentido, el SEPE avisa de que en caso de tener días de vacaciones por disfrutar, todavía no se podrá solicitar la prestación contributiva al no estar en «situación legal de desempleo». Un requisito indispensable para tener derecho a la prestación por desempleo.
Así, la situación legal de desempleo se produce tras el período de vacaciones que no has disfrutado y que la empresa te ha pagado en la liquidación o finiquito, periodo en que sigue siendo obligatoria la cotización a la Seguridad Social.
Una vez cumplido el periodo de vacaciones, habrá un plazo de 15 días hábiles para solicitar la prestación que se puede realizar a través de Sede Electrónica o acudiendo con cita previa a una oficina de prestaciones del SEPE.
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El SEPE además manda un recordatorio sobre la necesidad de darse de alta previamente como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo de la comunidad autónoma.
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