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Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal. Jesús Hellín / Europa Press
Aviso del SEPE: los trabajadores que no pueden cobrar el paro pese a dejar de trabajar

Aviso del SEPE: los trabajadores que no pueden cobrar el paro pese a dejar de trabajar

SEPE ·

Todo depende de cómo se decida la salida laboral

Jaume Lita

Valencia

Domingo, 19 de enero 2025, 17:30

Es prácticamente imposible que un trabajador conozca al dedillo todo el entramado que regula el derecho laboral. Incluso pueden haber cuestiones del convenio colectivo de cada caso que se desconozcan. Hay tanta normativa, tanto articulado, tanta situación particular y excepcional que la cantidad de información es incalculable. Es por ello que pueden existir dudas laborales, cuestiones que se escapan al conocimiento de un empleado por no ser cuestiones de trato diario o ciertamente habitual. ¿Cobra paro un trabajador que decide dejar de forma voluntaria la empresa? Pues el SEPE en su propia página web explica ya no únicamente este caso sino va más allá y expone el caso concreto en el que un empleado tampoco podría cobrar la prestación por desempleo. Eso sí, hay que tener en cuenta que toda baja voluntaria no está basada en la decisión unilateral del empleado, sino que puede darse porque éste considera que la empresa ha incumplido aspectos básicos de la situación contractual. Existen cuatro formas de 'autodespedirse' por las que sí se podría solicitar el paro tras dejar el trabajo de forma voluntaria.

Un trabajador decide dejar su puesto de trabajo. Lo tiene que notificar a la empresa con el preaviso fijado por el convenio colectivo, para no incurrir en una falta que pueda rebajar el finiquito a percibir. Tras finalizar la etapa laboral de forma voluntaria, ¿se puede pedir el paro? El SEPE zanja rápido la duda: no.

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Explican desde el Servicio Público de Empleo Estatal que el motivo que no da derecho a la solicitud de prestación por desempleo tras una salida voluntaria de la empresa es que el propio cobro del paro está indicado para aquellos casos de «personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar pero carecen de empleo». Es decir, que el SEPE argumenta que en una salida voluntaria de la empresa, la persona está mostrando cierto desinterés por 'querer' trabajar. La voluntad por salir de la empresa conlleva el abandono de las posibilidades de solicitar una ayuda para los casos en los que no se trabaja.

Pero la situación no se detiene ahí, sino que el SEPE expone dos situaciones más muy particulares en los que un empleado tampoco tendría derecho a cobrar la prestación por desempleo. Así se expone en la web pública:

«Si posteriormente trabajas en una nueva empresa y nuevamente cesas por no superar el periodo de prueba por decisión del empresario o la empresaria, y no han transcurrido más de tres meses desde que cesaste voluntariamente en la empresa anterior, tampoco tendrás derecho a una prestación por desempleo. Sin embargo, sí podrás percibir dicha prestación si el cese en la segunda empresa de forma involuntaria se debe a un motivo distinto al de no superar el periodo de prueba (por ejemplo si cesas por finalización del contrato) con independencia del tiempo transcurrido desde la fecha de la baja voluntaria anterior».

«Si tras cesar dos veces por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, iniciaras un nuevo trabajo, en el que también cesaras a instancia del empresario por no superar el periodo de prueba, únicamente podrás percibir prestaciones por desempleo si desde el segundo cese por no superar el periodo de prueba hasta el tercero y último cese, hubieran transcurrido tres meses».

En resumen, que por baja voluntaria no hay derecho a paro y en posteriores empleos tampoco se adquiriría tal derecho si entre ambas salidas no ha transcurrido más de tres meses. La prestación por desempleo está considerada para casos en los que una persona deja de trabajar de forma abrupta, cubriendo económicamente los meses en los que se haya adquirido tal derecho social.

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