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Una oficina del paro en Valencia. EP

El SEPE aclara si se puede cobrar el paro tras una baja voluntaria

El Servicio Público de Empleo Estatal aclara los requisitos necesarios para recibir la subvención

b. s.

Miércoles, 13 de julio 2022, 01:38

El paro del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) es una subvención que ofrece un apoyo económico a quienes se encuentran en situación de desempleo y no tienen una fuente de ingresos mensual con la que hacer frente a los pagos del día a día.

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Esta prestación supone un pequeño alivio ante la incertidumbre que supone encontrar una nueva oportunidad profesional. Un caso bien diferente es cuando un usuario se encuentra en desempleo por abandonar el trabajo de forma voluntaria.

En este caso, tal y como explica el portal del SEPE, no se puede percibir la prestación por desempleo. Según establece la normativa legal, para poder cobrar una prestación por desempleo es necesario que la baja en el trabajo no se haya producido de forma voluntaria, pues el sistema de protección por desempleo protege a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar pero carecen de empleo.

Si, posteriormente, trabaja en una nueva empresa y le cesan por no superar el periodo de prueba y no han transcurrido más de tres meses desde que cesó voluntariamente en la empresa anterior, tampoco tendrá derecho a una prestación por desempleo.

No obstante, si se incorpora de nuevo a otro puesto de trabajo y este contrato finaliza por no superar el periodo de prueba por decisión de la empresa, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, sí tendrá derecho a una prestación por desempleo, siempre que reúna el resto de requisitos.

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De todas formas, se suele realizar un análisis concreto de cada caso para determinar si hay indicios que permitan establecer de manera fundada la presunción de fraude de ley en la última contratación, por si se pretende acceder a la prestación por desempleo de forma indebida.

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