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Espera frente a una oficina del SEPE con cita previa. Rober Solsona / EUROPA PRESS
Pagas y ayudas de la Seguridad Social | Las ayudas del SEPE para menores de 25 años

Las ayudas del SEPE para menores de 25 años

Si hay un dato que sigue preocupando en España es el paro juvenil, con una tasa de desempleo del 29,8%

M. G.

Jueves, 30 de junio 2022, 01:04

Cobrar una paga o ayuda del SEPE es un colchón mínimo con el que hacer frente a los pagos y gastos habituales del día a día, y aunque si bien no da para grandes lujos y llega justo para las necesidades básicas, es para muchos la única fuente de ingresos después de quedarse sin trabajo.

No todo el mundo tiene derecho a cobrar el paro del SEPE. Para poder recibir la prestación contributiva por desempleo es requisito imprescindible haber alcanzado un año mínimo de cotización previa. Sin embargo, quienes no hayan podido llegar a este periodo de cotización no se quedan sin nada, tienen derecho a otra ayuda diferente.

Si hay un dato que sigue preocupando en España es el paro juvenil, con una tasa de desempleo del 29,8% entre los menores de 25 años, según el informe de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) de febrero. Una situación con la que tienen que lidiar los millones de jóvenes cuando buscan su primer empleo tras el fin de su etapa académica.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece 3 ayudas diferentes tanto para aquellos jóvenes que han trabajado menos de un año, tienen cargas familiares o han agotado las prestaciones por desempleo.

Jóvenes con menos de 1 año cotizado: requisitos

- Estar desempleado o desempleada y en situación legal de desempleo.

- Estar inscrito como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.

- Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses si se tienen responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no se tienen.

- No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Se tendrán en cuenta las rentas íntegras o brutas.

Jóvenes con cargas familiares: requisitos

- No se deben tener rentas mensuales superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, siempre que la suma de los ingresos de todos los miembros de su unidad familiar así constituida, dividida entre el número de componentes de la misma, no supere dicha cantidad.

- Estar desempleado.

- Estar inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación, sin haber rechazado oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde el agotamiento de la prestación contributiva.

- Aceptar el compromiso de actividad.

- Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.

El SEPE abona 463,21 euros de forma mensual durante 6 meses si has agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, pero se puede prorrogar hasta un máximo de 18 meses. En cambio, si ya no recibes la prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 24 meses.

Tras agotar el subsidio: requisitos

- No disponer del derecho a la protección por desempleo de nivel contributivo o asistencial.

- No tener cumplida la edad que le permita acceder a la pensión de jubilación, en sus modalidades contributiva o no contributiva.

- Carecer de rentas , de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias y acreditar responsabilidades familiares .

- Haber interrumpido tu última actividad laboral de forma involuntaria en caso de haber trabajado tras el agotamiento del último derecho.

- No haber percibido anteriormente la ayuda económica de acompañamiento establecida en el Programa de Activación para el Empleo (PAE).

- En el momento de presentar la solicitud, no estar trabajando por cuenta ajena a tiempo parcial o no tener suspendido su contrato de trabajo.

- No haber recibido este subsidio extraordinario por desempleo anteriormente.

La cuantía que reciben los beneficiarios que cumplen estos requisitos es de 463,21. La duración máxima del subsidio será de 180 días y no podrá percibirse en más de una ocasión.

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