Que la tramitación de los proyectos de energía renovable es todo un galimatías burocrático en la Comunitat Valenciana es algo de sobra conocido a tenor de los retrasos en la resolución de expedientes, que ponen en jaque a centenares de pymes valencianas que temen perder sus inversiones si la Generalitat no cumple con los plazos que marca el Ministerio de Transición Ecológica.
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Aunque ese es el peor temor de las promotoras, ya que implica la pérdida del punto de conexión, también hay otro factor preocupante para las compañías que impulsan un parque fotovoltaico o eólico: el bloqueo del dinero invertido en los avales. En concreto, cada compañía debe pagar 40.000 euros de aval por cada megavatio y la administración tiene que devolverlo en un plazo máximo de tres meses desde que la empresa lo solicita cuando el proyecto no sale adelante.
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Sin embargo, tal y como cuentan diversas mercantiles a LAS PROVINCIAS, la Generalitat no está cumpliendo este periodo –un hecho que se remonta al anterior Consell– y llega a acumular retrasos de más de un año para devolver estos importes. «A pesar de haber presentado esta solicitud de devolución del aval en agosto de 2022, nos encontramos en la actualidad en la situación de no haber recibido aún la devolución del mismo, estando incurriendo en la actualidad en un coste de mantenimiento de esta garantía, asociada a un proyecto denegado hace más de un año», cuentan desde Circle Energy a este periódico.
Para un proyecto de, por ejemplo, 50 megavatios, esto supone una inversión de dos millones de euros sólo en avales, un importe que se mantiene bloqueado al no poder recuperarlo en el tiempo establecido por ley, lo que lleva a numerosas compañías a paralizar otros proyectos por no disponer del dinero necesario.
Por todo ello, el peor escenario para una compañía no es tanto que la Admnistración rechace su proyecto, sino lo que sucede con el dinero invertido tanto en los avales como en el arrendamiento de los terrenos que finalmente no explotará. En la otra cara de esa moneda están los propietarios de los mismos, que en esta situación podrían interpretar haber ganado la lotería al haber conseguido sacar rentabilidad a unas tierras en desuso durante un tiempo, aunque posteriormente el proyecto no salga adelante.
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Elísabeth Rodríguez
En este caso, tal y como explican fuentes del sector renovable, no es habitual la copra de los terrenos, sino la firma de un contrato de arrendamiento o con opción de compra. «En todo caso con cláusulas suspensivas en caso de que el proyecto caiga», añaden las mismas fuentes. De todos modos, las mensualidades y la fianza pagada hasta ese momento, se quedan en el bolsillo del dueño de las tierras.
Pero, una vez sucede esto, ¿qué les queda a las compañías cuando ven que la Administración, ya sea autonómica o estatal, les deniega un proyecto? La travesía de las renovables abre la puerta a varias opciones.
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Si la DIA es negativa
Las empresas tienen dos opciones; cancelar y solicitar la devolución de los avales o esperar tres meses para el siguiente trámite administrativo, la autorización previa, que será negativa también. «Esta segunda opción permite presentar un recurso de alzada con la autorización previa denegada en la mano», explican.
Pierdes el recurso de alzada
Si pierdes el recurso de alzada, Industria devuelve los avales. Si lo ganas, sigue el proceso administrativo, pero descontando los meses en los que ha estado paralizado. Si la empresa no está conforme con perder el recurso de alzada, le queda la vía judicial, a la que suelen recurrir sólo las grandes empresas.
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Culpa de la Administración
Si es error de la Administración porque no cumple el plazo y hace que la empresa pierda el punto de conexión, la mercantil tiene que recurrir a Competencia para recuperarlo.
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