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Cartel que anuncia una hipoteca en una entidad bancaria. Efe
Las nuevas ayudas de la Generalitat para pagar la hipoteca: los requisitos para pedir 300 ó 600 euros

Las nuevas ayudas de la Generalitat para pagar la hipoteca: los requisitos para pedir 300 ó 600 euros

El Consell aprueba un decreto para paliar la subida del euribor en hipotecas con interés variable

N. Ortega | Europa Press

Valencia

Viernes, 14 de abril 2023, 14:25

El pleno del Consell ha aprobado este viernes 14 de abril de 2023 un decreto ley aprobado que comprende el programa de ayudas a personas físicas que forman parte de colectivos vulnerables con préstamo hipotecario sobre la vivienda habitual en régimen de tipo de interés variable con residencia habitual en la Comunitat. Es decir, ayudas para contrarrestar la subida del euribor, que podrán ser de 300 y 600 euros, en función de los ingresos y el porcentaje que suponga el pago de la hipoteca sobre los ingresos familiares.

El importe inicial de las ayudas se fija en 6 millones, aunque el crédito podrá ser ampliado en función de las solicitudes finalmente presentadas hasta 18 millones. La ayuda se destinará a subvencionar la carga financiera hipotecaria soportada por la persona solicitante en los 12 meses anteriores a la fecha de la solicitud presentada.

Dos tipos de ayudas

En concreto, se establecen dos tramos de ayuda en función del nivel de ingresos brutos anuales acreditado por la unidad familiar y el peso de la carga financiera hipotecaria sobre sus ingresos netos anuales.

La ayuda de 600 euros

Por un lado, se ofrece una ayuda de 600 euros para ingresos brutos anuales iguales o inferiores 25.200 euros y una carga financiera sobre ingresos netos anuales igual o superior al 40 %.

La ayuda de 300 euros

Por otro lado, se dispone una ayuda de 300 euros para ingresos brutos anuales iguales o inferiores 33.600 euros y superiores a 25.200 euros y una carga financiera sobre ingresos netos anuales igual o superior al 50%.

Quién la puede pedir: requisitos

Podrán beneficiarse de esta ayuda las personas físicas que tengan su domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana y acrediten ingresos brutos anuales de la unidad familiar en 2021 igual o inferior a 33.600 euros, así como ser titulares de un préstamo hipotecario para adquisición de vivienda habitual en régimen de tipo de interés variable formalizado antes del 30 de junio de 2022, con revisión del tipo de interés posterior al 1 de abril de 2022, y cuyo importe nominal concedido no sea superior a 240.000 euros.

Del mismo modo, la carga financiera en los últimos doce meses por el préstamo hipotecario debe ser superior al 40 % o 50 % de los ingresos netos anuales de la unidad familiar del solicitante, en función de los ingresos brutos anules.

De acuerdo con este decreto ley, se define como unidad familiar la formada por el deudor, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita y las personas que pudiesen dar derecho a aplicar el mínimo por descendientes regulado en la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, así como con los ascendientes hasta segundo grado por línea recta que convivan en el mismo domicilio.

Para la determinación de estas circunstancias de convivencia se atenderá a la situación existente a 31 de diciembre de 2022. Para ello, en la solicitud de las ayudas deberá incluirse una declaración responsable comprensiva de las personas que integran la unidad de convivencia.

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