La resolución del que fuera conseller de Educación durante el Gobierno del Botánico Vicent Marzà, con fecha del 28 de enero de 2021, por la que se justificaba la necesidad de solicitar una prórroga de un mes del plazo para reclamar a Canal Maestrat y ... a Kriol Produccions la devolución de las subvenciones públicas recibidas en el ejercicio de 2017, argumenta esa petición en la falta de personal que arrastra ese departamento. Una observación que, no obstante, se realiza 14 meses después de que se iniciaran los procedimientos de reintegro a estas dos firmas.
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El escrito, al que ha tenido acceso este diario, es el que acaba desembocando en que los Adell Bover, socios de Francis Puig, no se vean obligados ahora a devolver más de 170.000 euros correspondientes a las ayudas recibidas en 2017 de la administración autonómicas más los correspondientes intereses. Así lo confirmó este jueves el TSJ valenciano. «El Tribunal ha adoptado esta decisión al comprobar que el plazo máximo legal de 12 meses que tiene la Administración para resolver y notificar la decisión desde la incoación del expediente administrativo de reintegro había caducado», se puede leer en la comunicación del alto tribunal.
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La conselleria de Educación apelaba en enero de 2021a la «complejidad de este procedimiento de reintegro de subvenciones», así como el volumen de la documentación a analizar. Además, recordaba en su escrito, la pandemia ha obligado a adoptar medidas de contención que ha afectado al personal de la dirección general de Política Lingüística directamente relacionada con la gestión de estos expedientes.
«Además, hay que tener en cuenta que se encuentran vacantes distintas plazas de la dirección general de Política Lingüística, como la del jefe de servicio de promoción del valenciano, que es el que gestiona y tramita estos expedientes de ayudas», se añadía.
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La conselleria dirigida por Marzà –el conseller de Compromís más cercano al entonces president de la Generalitat Ximo Puig, hermano de Francis Puig– explicaba que a la vista de esta situación, se llegó a solicitar más personal y recursos materiales, que se facilitaron desde el Servicio de Derechos y Usos lingüísticos. Y pese a ello, «la realidad es que estos medios no han sido suficientes» para analizar la documentación aportada.
La resolución que firma Marzà detalla el desarrollo del expediente que se firma el 7 de noviembre de 2019 por el que se inicia el proceso para exigir la devolución de las mencionadas cantidades. El 29 de noviembre los afectados presentan alegaciones contra la decisión de la administración autonómica. El 30 de septiembre de 2020 -diez meses después- se les da acceso al Plan de Control de subvenciones, y el 23 de octubre las empresas vuelven a alegar. A finales de noviembre de 2020 se les requiere documentación justificativa adicional, información que es aportada el 23 de diciembre.
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¿Y ya? Pues no. El relato de la conselleria de Educación explica que es entonces cuando se detecta que las empresas han recibido también subvenciones de la Generalitat de Cataluña, motivo por el que se le solicita información respecto a si los justificantes aportados a esa otra administración son los mismos que al Gobierno valenciano.
El 18 de enero de 2021 las empresas entregan la documentación y se confirma que se habían utilizado justificantes de gasto y nóminas. Diez días después, el 28 de enero, la conselleria dicta la resolución en la que se solicita la ampliación de plazo.
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Pero ya era tarde. Tal y como explica el TSJ, el Consell incoó los procedimientos de reintegro el 7 de noviembre de 2019, por lo que en el plazo para resolver y notificar a la empresa finalizaría justo un año después, el 6 de noviembre de 2020. No obstante, teniendo en cuenta los 79 días en que estuvieron suspendidos los plazos administrativos (entre el 14 de marzo de 2020 y el 1 de junio de 2020) como consecuencia de la declaración de Estado de Alarma derivado de la pandemia, esa fecha límite pasaba a ser el 24 de enero de 2021.
De este modo, añade el TSJ, las resoluciones de la Conselleria de Educación, que se produjeron el 26 de enero de 2021 y el 26 de febrero de ese año, en las que se acordaba y se notificaba a las empresas la obligación de devolver las subvenciones, se emitieron y comunicaron a los interesados una vez sobrepasado el plazo establecido. Y por tanto, no podían surtir efecto.
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La consellera de Hacienda y portavoz del Consell, Ruth Merino, ha anunciado este viernes que la Generalitat está estudiando la sentencia que exime a las empresas de los hermanos Adell Bover de tener que devolver 170.000 euros a la Generalitat con la intención de presentar un recurso «que evite que los valencianos tengan que pagar la inoperancia del Consell anterior». La portavoz del Consell se ha referido de este modo a las cuatro sentencias del TSJCV que eximen a las empresas Canal Maestrat SL y Kriol Produccions SL, propiedad de los socios en el negocio audiovisual de Francis Puig, de reintegrar a la Generalitat los 170.819,98 euros mencionados en concepto de subvenciones porque la Conselleria de Educación se los reclamó fuera de plazo. Estas, sentencias, que no entran a valorar el fondo del asunto, explican que la Conselleria encabezada entonces por Vicent Marzà pudo haber declarado de oficio la caducidad del expediente abierto una vez se le agotaron los doce meses preceptivos para requerir a las empresas la devolución de las subvenciones. Eso le hubiera permitido al anterior Consell abrir un nuevo expediente de reintegro al encontrarse dentro del plazo de cuatro años que establece la Ley General de Subvenciones. «Después de un año entero para reclamarlas, a la Conselleria de Educación se le ocurrió lo peor, que fue reclamarlas fuera de plazo en lugar de caducar el expediente e iniciar uno nuevo porque entonces había posibilidades», ha relatado Ruth Merino.
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