La contratación de la gestión de las multas por los incumplimientos de las normas anticovid sigue dando vueltas por los despachos de la Generalitat, meses incluso después de que la Justicia declarara inconstitucionales los dos estados de alarma que sirvieron como paraguas para imponer las sanciones. La Generalitat adjudicó en su día, en febrero de 2021, una encomienda de gestión a la empresa pública Tragsa para que se encargara de la parte técnica de las multas para poder cobrarlas. Para ello, la Conselleria de Justicia firmó un acuerdo por 966.000 euros con la firma dependiente del Ministerio. Días después, en marzo, el entonces director general de Operativa hubo de resolver el contrato por la imposibilidad de resolver tal volumen de sanciones y contrató a una empresa privada por 1,7 millones de euros (que el Jurídic también acabó anulando). Pero, Tragsa en ese momento ya había comenzado los trabajos y acabó facturando a la Generalitat 64.702 euros.
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Pues bien, ahora, diez meses después, la Generalitat aún no ha podido abonar a Tragsa la cantidad que le adeuda, porque la manera en la que se hizo la contratación no cumplía los requisitos. Intervención ha sacado tarjeta a la Conselleria y, según reconocen desde el departamento, la decisión tendrá que pasar por el Consell para que el Ejecutivo pueda saldar su deuda con la empresa pública, mediante la toma de razón de la resolución por la que se hizo el encargo a Tragsatec (la filial tecnológica de Tragsa) en su día.
La historia de la Conselleria de Justicia con la gestión del cobro de las multas se ha convertido casi en un serial que lleva camino de cobrarse la salida de dos directores generales de Operativa. El primero, Adolf Sanmartín, cesó en agosto y su sustituto, Ángel Paredes, podría correr la misma suerte si se confirma lo que en el Botánico es ya un secreto a voces. Fuentes consultadas por este diario no pudieron confirmar su salida, pero en otros círculos se da ya por hecho que ha pedido su marcha. Sería la enésima salida en el departamento.
La gestión de las sanciones por la pandemia ha quedado suspendida a raíz de la anulación del estado de alarma y sus consecuencias. Pero ya había supuesto un problema para la Generalitat desde el minuto uno. Primero, por la suspensión de la encomienda con Tragsatec y después por la anulación del contrato con la empresa privada a la que se acabó adjudicando porque contravenía el ejercicio de la potestad sancionadora cuyo ejercicio corresponde sólo a los empleados públicos.
El Jurídic fundamentó esa nulidad en el artículo 17 de la ley de contratos del sector público que establece que los acuerdos de servicios que impliquen el ejercicio de autoridad inherente a los poderes públicos no se pueden externalizar. El contratista, disconforme con la decisión, presentó alegaciones a finales de mayo en las que mostraba su oposición a esta decisión de nulidad.
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