La Audiencia de Valencia ha condenado a dos años de cárcel a Juan Soler por planear el secuestro de Vicente Soriano y el robo en su casa para quedarse con 15 millones de euros que supuestamente tenía el empresario en el domicilio. El resto de los integrantes del grupo, Abdelatif Laaroubi, encargado de seguridad de una discoteca y Ciro d'Anna, el conocido hostelero italiano, también han sido castigados con la misma pena.Únicamente el confidente policial, Rachid, obtiene una rebaja. Su condena se queda en 13 meses de prisión.
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El tribunal validó la grabación que Rachid hizo de varias reuniones entre los investigados pese a que ese audio no estaba autorizado por un juez. Los magistrados consideran que fue a iniciativa propia del colaborador y sin que mediaran argucias por parte de los agentes. La causa no se judicializó hasta que los agentes no comprobaron la veracidad de la denuncia. Del mismo modo que todos los investigados se han referido a esas grabaciones durante la fase de instrucción cuando podían haber guardado silencio.
Existía en este asunto una enorme confusión debido a los constantes cambios en el relato del confidente. Una vez más, en la vista celebrada hace unos meses, varió su declaración. Entonces exculpó a Juan Soler y atribuyó la autoría del plan a Tati. La Sala considera que de las diferentes versiones del asunto sólo se puede extraer una «hipótesis verificable»: los cuatro acusados conspiraron para delinquir.
La Audiencia subraya hasta una decena de «indicios de claro contenido incriminatorio» para sostener la condena a Soler. Por un lado, la deuda a su favor de más de 80 millones de euros por la frustrada venta de las acciones del Valencia CF; el informe que encargó al detective sobre el patrimonio de Vicente Soriano; el hecho de no acudir a la policía cuando el confidente le propone el secuestro; las reuniones que mantienen posteriormente una vez ya conocía las intenciones de Rachid; la actitud vigilante hacia la casa de Soriano; el carácter «clandestino» de la reunión en el piso de Soler cuando se prohíben los móviles y la circunstancia de que no se aprecie el supuesto miedo que alega el expresidente para 'seguir el juego' del inductor.
El tribunal, además, llama la atención acerca de algunas circunstancias extrañas en la versión exculpatoria del expresidente. Por ejemplo, que un empresario de reconocido prestigio recurra a un hombre como Rachid, delincuente profesional, especializado en robos en viviendas. La conclusión a la que llegan los juzgadores es que la idea del secuestro parte «de Soler o su entorno» y que por eso contratan a un profesional, en este caso, el confidente, un delincuente habitual y violento.
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El magistrado José Luis Fenellós no comparte la tesis de sus compañeros de tribunal. Sostiene que todos los acusados debieron ser absueltos. Por un lado, censura la grabación de la reunión por parte del confidente sin que existiera autorización judicial. Mantiene que debió ser declarada nula y quedar fuera del proceso. Y al margen de esa cuestión considera que no existen suficientes indicios incriminatorios para sostener una condena ni contra Juan Soler ni para el resto de los compañeros de banquillo.
Además, en el grupo se produce una clara separación de funciones entre los diferentes integrantes. Por ejemplo, el hostelero se encargaba de la vigilancia de Soriano ya que tenía un negocio a escasos metros de su vivienda. «Hubo un propósito claro de llevar a cabo los hechos», resume el fallo. En este punto, recuerda el alquiler de un zulo para mantener a la víctima o el hecho de inutilizar una cámara de seguridad que se encontraba junto a un colegio por el que diariamente pasaba Soriano cuando iba a almorzar.
La Sala premia la labor colaboradora de Rachid y pese a que ha ocultado algunos datos esenciales de la trama su tarea sí ha permitido desmantelar el grupo y frustrar los planes de secuestro. El tribunal también considera que la instrucción y el señalamiento se ha alargado más allá de lo razonable y rebaja las penas para los principales acusados.
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No se puede olvidar que el juicio se repitió después de descubrir que el confidente se encontraba preso en una cárcel de Algeciras. También el tribunal modula la pena a la baja al tener en cuenta que los planes estaban también en una fase embrionaria y, por tanto, Soriano no se vio gravemente comprometido.
La situación judicial de Juan Soler es cada vez más complicada. A esta condena de dos años de cárcel se le suma otra anterior de cuatro meses de prisión por las operaciones irregulares con Banco de Valencia. Estos antecedentes podrían llevarle finalmente a prisión pese al delicado estado de salud que arrastra desde hace años. A todo ello se une la ruina económica por los impagos de Soriano. De todos modos, este fallo es recurrible y las defensas trataran de buscar la absolución. Más si cabe con la existencia de un voto particular, lo que despierta las expectativas de los abogados.
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