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La Conselleria de Transparencia deberá rehacer buena parte del texto de la Ley de Memoria Democrática y para la convicencia de la Comunitat, una vez pasada por el tamiz del Consell Jurídic Consultiu (CJC), que ha encontrado hasta 17 reparos al articulado de la ... norma que pondrá orden en la regulación de todas las acciones relacionadas con la memoria histórica. De hecho, en su dictámen, el órgano consultivo ha encontrado hasta nueve observaciones que considera esenciales para que el texto sea ajustado a derecho, una vez sean subsanadas por Transparencia.
En concreto, el Jurídic discute más de una quincena de artículos, entre las que hace algunas observaciones de carácter general respecto a la competencia de la norma, recordando que buena parte de lo que legisla la norma autonómica es competencia exclusiva de organismos de titularidad estatal. Algo que, por otro lado, no impide su desarrollo y concreción por parte de las comunidades autónomas. Por ello, recuerda el CJC que aunque resulta viable legislar, siempre deberá respetarse la legislación estatal en todo lo relativo a memoria.
Una de las observaciones esenciales se refiere al artículo n20, el que regula el mapa de fosas de la Comunitat. El CJC recuerda que los derechos a quienes sufrieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura ya fueron reconocidos en otra norma, por lo que la redacción de la valenciana debe ser corregida porque el citado mapa de localización ya está en otro artículo de rango mayor. Algo similar a lo que sucede con el procedimiento de exhumación, e identificación, regulado en el artículo 22, en el que se establece quiénes pueden solicitar estas actuación y lo limita a las entidades locales y familiares o académicos, además de asociaciones memorialistas. Pero, la ley estatal abre ese abanico a a cualquier persona que acredite interés, por lo que es más aperturista que la norma de Transparencia.
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Así, con hasta nueve artículos en los que el Jurídic reprende que la normal valenciana no cumple con los mínimos legales para ser ajustada a derecho. De hecho, en algunos artículos, esta legalidad es cuestionable en el caso de la ley valenciana. En concreto, en los que aluden a la denuncia y personación en los órganos jurisdiccionales, los que tienen que ver con el fondo documental de memoria democrática valenciana, el procedimiento para la retirada voluntaria de elementos contrarios a la memoria. Incluso el destino y custodia de los vestigios, que sólo se puede aplicar a los bienes de titularidad pública y no a los de privada, como quiere la Conselleria, porque entiende que de lo contrario se entraría en un atentado al derecho a la propiedad.
Por otra parte, la Conselleria que dirige Rosa Pérez Garijo ha elaborado la ‘Guía de obligaciones de transparencia para el sector público instrumental de la Generalitat’, publicación que se presentará el próximo 16 de diciembre en el marco de una jornada sobre transparencia en el sector público.
El sector público instrumental de la Generalitat, como ente dependiente o vinculado a la Administración Pública o a otros entes del sector público, está sujeto a garantizar la transparencia de la actividad pública, indicó la Generalitat en un comunicado. La guía recopilará las obligaciones de transparencia establecidas por la ley valenciana para los entes del sector público instrumental. Esta publicación pretende servir de apoyo en el cumplimiento de sus obligaciones de una forma más homogénea y coordinada, aprovechando los recursos de los que dispone la Generalitat. Este documento es meramente informativo y orientativo.
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