La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo propinó ayer el portazo definitivo a la intención del Gobierno valenciano de impulsar una Oficina de Derechos Lingüísticos (ODL) que pudiera actuar para vigilar la eventual vulneración de los derechos lingüísticos y promover las correspondientes ... actuaciones para subsanarlas, tanto ante administraciones públicas como frente a sujetos privados. El alto tribunal dictó una sentencia, con fecha del pasado lunes, que desestima el recurso de casación presentado por la Generalitat contra el fallo del TSJCV, de 22 de mayo de 2020.
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En aquella sentencia, el tribunal valenciano declaró la nulidad de pleno derecho de 12 artículos del Decreto del Consell de 2017 que regulaba el funcionamiento de esa Oficina, conocida desde su publicación como 'policía lingüística' precisamente por ese objetivo de vigilar el cumplimiento de lo que se identificaba como los derechos lingüísticos (ODL) de los valencianos.
La ratificación del Supremo supone, en la práctica, vaciar de contenido la propuesta de creación de la mencionada Oficina. De hecho, los artículos anulados por el tribunal valenciano son 13, sobre un total de 16. En concreto, todos los relacionados a la capacidad de actuación de esa entidad, a la que se atribuía capacidad para plantear reclamaciones, quejas, sugerencias y consultas por supuestas vulneraciones de derechos lingüisticos de los valencianos. También el que preveía la creación de un registro que contendría información de todas las reclamaciones presentadas y su tramitación. Una suerte de catálogo que debía identificar a los 'incumplidores' de esos derechos lingüísticos, como si quisiera distinguir entre buenos y malos valencianos.
El Supremo coincide con el TSJ valenciano en que la regulación que la norma reglamentaria realiza de las actuaciones de la Oficina en materia de reclamaciones y sugerencias no es conforme a derecho por no prever la tramitación de un procedimiento administrativo y la consiguiente posibilidad de que el acto administrativo sea recurrido o impugnado.
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Para el alto tribunal, ese hecho es claramente contrario a los principios de seguridad jurídica y responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad consagrados en la Constitución, que consagra la obligación de que la Administración actúe «con sometimiento pleno a la ley y al Derecho», y que establece que la ley regulará «el procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, …». Es decir, que el legislador regule el procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, y que para el dictado de actos administrativos se tramite un procedimiento».
La Generalitat valenciana, por el contrario, mantenía que las reclamaciones y sugerencias reguladas en el Decreto no constituían actos administrativos, lo que excluía la necesidad de quedar sujetas a procedimiento administrativo, siendo innecesario por tanto la regulación por ley. Añadía que la intervención de la Oficina en materia de reclamaciones y sugerencias era una «actuación/función de mediación-asesoramiento» que no genera actos administrativos ni exige la existencia de un procedimiento administrativo.
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El Supremo no comparte esa argumentación y destaca que la actuación final de asesoramiento de la Oficina «conlleva previamente una clara decisión declarativa atribuible a una Administración Pública, que ha sido adoptada en ejercicio de una potestad administrativa tendente a un específico interés público (...) que no responde a situaciones de inmediatez que impidan o imposibiliten la tramitación de un procedimiento. Lo ha sido de tal manera que la decisión ha sido adoptada sin ningún tipo de garantía administrativa previa y sin que se contemple la posibilidad de impugnarla, es más, el artículo 7.2 dispone que no se podrán interponer recursos contra la respuesta de la Oficina».
Desde el PPCV, Carlos Mazón consideró ayer que «el Supremo ha dado la razón al PPCV y ha frenado, una vez más, la inmersión lingüística de Puig y su procés nacionalista» y le exigió que «abandone ya sus proyectos de implantación del modelo catalán». Mazón señaló que «gracias al recurso del PPCV, la imposición y el sectarismo de este Consell nacionalista de izquierda radical no es hoy una realidad. Hoy los ciudadanos de la Comunitat son más libres de la vigilancia y del adoctrinamiento del Consell».
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El líder del PPCV defendió que «tenemos que seguir promocionando el valenciano pero no desde la imposición y desde el dogma y no con policía lingüística. Nuestra lengua es riqueza para todos y no se puede seguir con esta agenda de imposición». «Los valencianos no necesitamos una policía linguística, como la que quería imponer Puig, que nos vigile e imponga la agenda catalanista en nuestra Comunitat».
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