![Juicio Imelsa | El Tribunal Supremo condena por primera vez el fraude de los zombies en Imelsa](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202205/09/media/cortadas/Imagen%20LF2SS9O1%20(1)-RdfcJsjx243QVBXAOmB96eP-1248x770@Las%20Provincias-RNLSH1bYqf2C7cReaQkayRL-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a dos años y medio de prisión impuesta al exalcalde de Quartell Francisco Huguet y al exconcejal y asesor Emilio Máñez como cooperadores necesarios de un delito continuado de prevaricación y otro de malversación de caudales públicos ... en relación con la contratación simulada por la empresa pública Imelsa (ahora Divalterra) de Máñez como coordinador de Brigada Forestal.
El fallo resulta relevante porque por primera vez el Supremo se pronuncia sobre los conocidos como zombies, trabajadores de la empresa pública que cobraban una nómina sin tener una ocupación real en la firma. Esta figura se hizo popular a raíz de las confesiones del exgerente Marcos Benavent en la trama de Imelsa.
De hecho, el expresidente de la Diputación de Valencia Alfonso Rus se sentará en el banquillo por estos hechos junto con su mano derecha, Emilio Llopis. Era un método que presuntamente utilizó en su día el PP para premiar a personas afines por motivos ideológicos o de amistad. Al parecer, aunque con menor intensidad, también se repitió en Ciegsa, la empresa encargada de la construcción.
Este caso, no obstante, no partió de las pesquisas de la macrocausa de Imelsa sino que sorprendentemente se desveló durante una de las declaraciones de estos imputados en el sumario de Avialsa. Ambos se vieron salpicados en la investigación abierta al exconseller Serafín Castellano por el supuesto amaño de los contratos de extinción de incendios. Huguet y Máñez formaban parte del núcleo más cercano al entonces presidente del PP de la provincia de Valencia. La Fiscalía les investigaba por beneficiarse de un proyecto urbanístico en su localidad que precisamente impulsaba una empresa vinculada al propietario del holding, Vicente Huerta.
La sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), además, ha confirmado que los dos condenados tendrán que devolver a la empresa Divalterra 74.968 euros de indemnización por los salarios indebidamente percibidos, así como el finiquito.
Los hechos probados reflejan que Mañez fue contratado como asesor del Grupo Popular de la Diputación de Valencia de 1999 a 2003, periodo en que trabajó como asesor de Huguet, entonces alcalde de Quartell y diputado provincial. Tras las elecciones municipales de 2003, Máñez, que también era concejal de dicho municipio, no fue nombrado por el Pleno de la Diputación en el cupo de los asesores que correspondían al grupo popular. El dirigente popular contactó con Imelsa para que contratara a Máñez «simulando» que la contratación era de coordinador de brigada forestal, pero con la intención de ejercer como asesor. Así encadenó dos contratos temporales y el tercero indefinido.
En este sentido, el fallo recuerda la «especial relevancia para la acreditación de los hechos que tiene el testimonio del gerente de Imelsa quien puso de manifiesto la práctica habitual de contratar como brigadistas a asesores de diputados provinciales para superar los requisitos dispuestos en la ley sobre el número de asesores de cada grupo político. Esto en su día también se investigó en la causa Imelsa. No obstante, hasta el momento no se ha hecho una pieza principal con este particular, que puede salpicar a la actual consellera Rosa Pérez por su etapa en la Diputación.
El tribunal explica que los hechos «objetivos y subjetivos» que los recurrentes cuestionan responden a una intensa actividad probatoria sobre el hecho de la prevaricación, dictar a sabiendas una resolución injusta, y de la malversación de caudales públicos en la medida en que «la empresa pública contrata a una persona a la que paga unos emolumentos por una actividad que no realiza».
Existían más dudas, en los inicios del caso, acerca de si esta conducta encajaría finalmente con la malversación. Por ejemplo, una de las defensas sostenía que no hubo perjuicio porque Imelsa no debió contratar a otro brigadista para suplir a Máñez. Pero todos los tribunales han rechazado la tesis.
Así, el fallo subraya que la realización de una contratación por esa empresa pública para la realización de una actividad inexistente se subsume en la malversación de caudales públicos, «máxime cuando esa conducta se realiza para obviar la aplicación de una ley que delimita el acceso a la fusión pública a través de personal eventual de asesoramiento». Resulta clara la condición de funcionario público »del detentador de fondos públicos, también de los cooperadores en el hecho, y es clara la condición de caudales públicos de los fondos dispuestos por la empresa pública«, resuelven.
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La sentencia, ponencia del magistrado Andrés Martínez Arrieta, señala que el tribunal afirma la racionalidad de la inferencia sobre los elementos fácticos de la tipicidad, objetiva y subjetiva, a partir de los hechos que describe: la amistad entre los dos coimputados recurrentes; sus negocios comunes; el que fueran Diputado provincial y asesor, durante la legislatura de 1999 a 2003; el que a partir de esa fecha, aunque no fuera asesor en la Diputación, sí que desarrolló las mismas funciones al ser contratado como coordinador de Brigadas Forestales, permaneciendo en el mismo despacho que anteriormente y sin realizar ninguna gestión o actividad para la empresa que lo había contratado.
En cuanto al delito de prevaricación, afirma que la esencia del delito está en el dictado de una resolución arbitraria, «y en eso ha consistido la conducta, que es lo que hace el condenado, como se relata en el hecho probado, cuando se dice que con la finalidad de obviar las exigencias legales, las limitaciones en orden a la contratación de personal eventual, se contrata para un servicio y unas funciones que se sabe no va a realizarse, de manera que el contrato de coordinador de brigadas forestales no era más que un señuelo para obviar las limitaciones sobre el personal asesor de un grupo político».
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