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Seguridad Social, pensión, jubilación | Cómo asegurarse el cobro de una pensión más alta en la Seguridad Social

Cómo asegurarse de cobrar una pensión más alta en la Seguridad Social

Existen fórmulas como los convenios especiales, que posibilitan al ciudadano garantizarse recibir un importe superior al jubilarse

T.V

Sábado, 4 de septiembre 2021, 01:41

La clave a la hora de cobrar la pensión de jubilación está en los últimos años de la vida laboral, ya que son los que se tienen en cuenta para determinar la cuantía de la prestación y su derecho a ella. Por eso, quedarse sin trabajo en esta etapa es uno de los mayores miedos de los trabajadores. SIn embargo, hay una solución para evitar este tipo de situaciones con la que el contribuyente se asegura la pensión de la Seguridad Social.

Se trata de los convenios especiales, con los que los trabajadores cercanos a la edad de jubilación ordinaria y que hayan perdido su trabajo pueden mantener las cotizaciones y evitar así la reducción de su base reguladora. Esta opción se basa en lograr un acuerdo con la Seguridad Social de manera que el beneficiario pueda abonar de forma individual, estando sin trabajo, las cuotas necesarias para alcanzar, mantener o ampliar el derecho al subsidio.

Además de la jubilación, también cubren otros supuestos como las pensiones de supervivencia, muerte, accidente no laboral, invalidez permanente o enfermedades.

Pero no todos los trabajadores tienen acceso a este tipo de convenios especiales. Esta opción solo está disponible para trabajadores en baja que no se hayan incorporado, o aquellos que hayan sido dados de alta o contratados con bases de cotización inferiores al promedio de los doce meses anteriores. También los trabajadores por cuenta ajena indefinidos y por cuenta propia dados de alta en la Seguridad Social y con más de 65 años y más de 35 años cotizados, así como aquellos en situación de pluriempleo que cesan en alguna de sus actividades.

Aquellos que hayan dejado de recibir subsidios por desempleo, pensionistas de incapacidad permanente total en alguna de las situaciones anteriores, pensionistas declarados capaces o incapacitados parciales, y los pensionistas de incapacidad o jubilación a los que se les haya quitado la pensión tambié pueden optar por uno de estos convenios especiales. Lo mismo ocurre con las personas de baja por la solicitud de una pensión que finalmente haya sido denegada.

Una vez el solicitante ha escogido la base de cotización que mantendrá, esta se multiplica por un coeficiente que varía en función del año en el que se sucribe y el tipo de cobertura, cuyo resultado será la cifra que se debe pagar mensualmente. Hay que tener en cuenta que si el ciudadano consigue un empleo el convenio queda suspendido, a esperas de que el propio trabajador elija si lo extingue o lo vuelve a activar.

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