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M. G.
Viernes, 24 de diciembre 2021, 10:36
La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) se encanrga de asegurar que los vehículos en circulación mantengan unas condiciones de seguridad por encima de los mínimos exigidos, para minimizar el riesgo de accidentes por causas técnicas y reducir las emisiones de los gases de escape. Para ello, la ley establece una periodicidad mínima con la que los vehículos deben pasarla así como situaciones extraordinarias que obligan a acudir a la revisión.
En los últimos meses se han introducido cambios que no todo el mundo conoce y son necesarias para obtener un resultado favorable, por eso, la Dirección General de Tráfico (DGT) va a enviar al buzón de los conductores una carta que avisará sobre la obligatoriedad de superar las pruebas técnicas a aquellos vehículos que han sido declarados siniestro total por una aseguradora y posteriormente han sido reparados.
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Con esta carta también se pretende hacer un llamamiento a aquellas personas más despistadas que se olvidan de pasar la ITV. En 2020, de los 28,6 millones de vehículos llamados a la revisión, únicamente 19,6 millones acudieron.
Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas, así como las infracciones relativas a las normas que regulan la inspección técnica de los vehículos supone una sanción económica de 200 euros. En este supuesto estaría no haber pasado la ITV o circular con una ITV desfavorable con defectos leves.
En cambio, circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas que afectan gravemente a la seguridad vial conlleva una multa de 500 euros.
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