REDACCIÓN
VALENCIA
Martes, 29 de junio 2021, 19:36
El fin del mes de junio y el inicio del mes de julio traen al menos cinco novedades a la vida de los españoles. Son nuevas situaciones que se producen en diferentes ámbitos, desde la conducción al pago de impuestos o la salud, y vienen acompañadas por otras dos que desaparecen.
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El 30 de junio finaliza el plazo para hacer la Declaración de la Renta y un día después aparece un nuevo impuesto vinculado al comercio electrónico y la tasa Google. El 30 de junio también es el último día de la peseta, ya que a partir de ese momento no se podrán cambiar por euros y quedarán para la nostalgia o el coleccionismo . El primer día de julio entra en vigor el pasaporte covid que facilitará los viajes por Europa este verano, y será también el momento de empezar a familiarizarse con un nuevo elemento que llegará a los coches: la nueva luz de señalización.
Estas son las principales novedades que llegan el 30 de junio y el 1 de julio:
La peseta fue la moneda de curso legal en el Estado español y sus territorios coloniales desde su aprobación el 19 de octubre de 1868 hasta la introducción del euro como moneda oficial en la Unión Europea y España el 1 de enero de 1999.
La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) acuñó por última vez pesetas en 19 de junio de año 2001 al amonedar una moneda de 100 pesetas, mientras que el 21 de noviembre del año 2000, medio año antes, salió de la línea de impresión el último billete, de 10.000 pesetas.
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A priori, con motivo de la entrada en circulación del euro desde el 1 de enero de 2002 el Gobierno español estableció en tres meses el periodo de convivencia para ambas monedas (peseta y euro), hasta el 31 de marzo de ese año, y desde entonces y hasta el 30 de junio de ese ejercicio fijó un periodo de canje de las monedas y de los billetes en pesetas en las oficinas bancarias.
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Desde el 1 de julio de ese año (2002) los españoles que conserven la antigua divisa nacional deben acudir a las sucursales del Banco de España para realizar el cambio por su correspondiente valor en euros, la moneda en vigor.
Un cambio de la Ley del euro, en 2012, fijó el 31 de diciembre de 2020 como fecha límite, pero en noviembre del año pasado el Ejecutivo extendió de nuevo en seis meses el plazo hasta este 30 de junio con motivo de las restricciones derivadas de la Covid-19.
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La Campaña de la Renta y Patrimonio 2020 finaliza el miércoles, 30 de junio. En los casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta, la campaña concluyó el pasado viernes, 25 de junio.
Por segundo año consecutivo, la crisis del Covid-19 ha marcado la campaña de la Renta, intensificándose por ello la atención telefónica y manteniéndose las medidas sanitarias de reducción de aforos y mantenimiento de distancias de seguridad en zonas comunes y entre puestos de atención en las oficinas.
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Además, este año a las dudas tradicionales sobre la declaración de la renta (quién tiene la obligación de realizarla, cómo declarar una vivienda o realizarla de forma conjunta o por separado si estás casado o casada) también se le han sumado las peculiaridades de 2020: las prestaciones derivadas de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERTE) y el comienzo del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
El certificado verde digital o pasaporte covid -como se le conoce popularmente- es la herramienta con la que Europa en general y España en particular pretenden reactivar el turismo internacional este verano y que los movimientos de viajeros vuelvan poco a poco a las cifras prepandemia. Se trata de un documento consensuado por los 27 países de la UE que acredita que el turista no está contagiado de coronavirus.
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Un objetivo muy ambicioso que tiene su final en 2023, cuando según el Ministerio de Turismo llegará la recuperación total del sector. Pero ¿qué viajeros lo deberán presentar? A grandes rasgos, todos. Esa es la gran ventaja de este certificado, que será gratuito y universal para todos los europeos con el fin de que los movimientos intracomunitarios vuelvan poco a poco a la normalidad.
Los países más turísticos, como España, Italia o Grecia, quieren olvidar el mal recuerdo del año pasado, cuando la demanda comenzó a recuperarse a principios del verano con la caída de los contagios, pero la falta de coordinación entre países supuso varios repuntes y el cierre de fronteras e imposición de cuarentenas por parte de países emisores de turistas como Alemania y Reino Unido, desplomando así la temporada alta de estas regiones.
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Pero a partir del 1 de julio, cuando entra en vigor, este certificado avalará que el turista que llega a cualquier país europeo está sano porque ya ha pasado el coronavirus y tiene anticuerpos, porque está vacunado contra la enfermedad o porque viene con una PCR negativa realizada 72 horas antes de su llegada. Los pasajeros contarán con este certificado en el móvil o en papel, y a través de un código QR que habrá que enseñar en el aeropuerto de llegada, se permitirá la entrada a los que acrediten que no están contagiados.
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Es importante destacar que no es un documento obligatorio, pero se fomentará su uso ya que los viajeros que no cuenten con él tendrán que seguir rellenado largos formularios y sometiéndose a controles de PCR aduaneros a su llegada, trámites que disuaden al turista. El certificado tiene una validez de un año, del 1 de julio que entrará en vigor hasta el mismo día de 2022.
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¿Cómo funciona? La Comisión Europea propone que las personas que hayan completado la pauta de vacunación 14 días antes del viaje y las que hayan pasado la enfermedad en los últimos seis meses están exentas de tener que presentar una prueba PCR o de antígenos a su llegada al destino. También se incluye a los que tengan solo una dosis de la vacuna pero hayan pasado la covid. Esa situación se reflejará en el certificado, por lo que estos turistas solo tendrán que mostrar un código QR que le dará a las autoridades la información necesaria.
En caso de no cumplir estos requisitos, los turistas tendrán que presentar un test negativo realizado como máximo 72 horas antes del viaje (48 horas en caso de antígenos), cuyo resultado se mostrará también en este certificado digital para que la llegada al destino sea más ágil para todos. Los niños menores de 6 años quedan exentos de realizarse el test y los menores de cualquier edad también si sus progenitores están vacunados.
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El certificado solo avalará las vacunas aprobadas por la Agencia Europea del Medicamento (EMA), que hasta el momento son las de Pfizer, Moderna, AstraZeneca y Janssen. Aun así, los países miembros tienen capacidad para decidir si imponen cuarentenas o cierran sus fronteras en caso de nuevas variantes del virus.
El 1 de julio entra en vigor la nueva normativa que regula el servicio de auxilio en vías públicas, en la cual se recoge el uso del dispositivo luminoso de señalización de emergencia V-16 a partir del próximo 1 de junio. Un aparato que sustituirá a los triángulos.
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«A partir de esta fecha, los conductores podrán elegir el dispositivo V-16 en lugar de los triángulos, evitando así el riesgo que supone tener que desplazarse por la vía ya que, según la DGT, en los 248 accidentes ocurridos entre 2013 y 2019 por motivo de avería o accidente, 39 personas perdieron la vida al ser atropelladas», ha subrayado RACE.
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Este dispositivo luminoso mejorará, sobre todo en condiciones de baja luminosidad, la visibilidad del vehículo averiado para que el resto de los conductores puedan percatarse de la incidencia y reaccionen a tiempo. Su uso pasará a ser obligatorio en 2026.
Según recoge en otro comunicado la cadena de mantenimiento y equipamiento integral del automóvil Norauto, entre las características que debe poseer este dispositivo para ser homologado es que tiene que ser de color amarillo auto.
Además, su irradiación debe ser de 360 grados en horizontal y un mínimo de ocho grados hacia arriba y abajo. El dispositivo debe estar diseñado para ser estable en una superficie plana y no desplazarse ante una corriente de aire.
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Entre otras particularidades, la alimentación del aparato será autónoma a través de una pila o una batería que deberá garantizar su uso al cabo de 18 meses.
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Las nuevas normas del IVA sobre el comercio electrónico de la Unión Europea entrarán en vigor este 1 de julio de 2021 con el objetivo de adecuar el marco tributario comunitario a la realidad digital, favorecer los intercambios dentro del bloque e introducir una mayor transparencia en el precio de este tipo de operaciones.
Las nuevas reglas del IVA sobre comercio electrónico fueron adoptadas entre 2017 y 2019 por los Estados miembros y debían entrar en vigor el 1 de enero de este año, pero su estreno fue retrasado seis meses debido a la pandemia de coronavirus.
Las modificaciones afectarán en particular a vendedores y plataformas en línea que se encuentren dentro de la UE y también en terceros países, a empresas de mensajería y correos, a las autoridades aduaneras y fiscales de los Estados miembros y a los consumidores europeos, ha informado el Ejecutivo comunitario.
Uno de los principales cambios es que se elimina la exención en el pago del IVA que tienen en la actualidad las mercancías con un valor inferior a 22 euros importadas a la UE por empresas no europeas. Bruselas argumenta que «se está abusando» de esta exención porque vendedores «sin escrúpulos» de terceros países «etiquetan engañosamente los envíos de mercancías como teléfonos inteligentes».
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