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Motos estacionadas en la ciudad.

Advertencia de la DGT a las motos

Las motocicletas y ciclomotores están siempre en el punto de mira de la Dirección General de Tráfico debido a las características especiales de estos vehículos

lp

Domingo, 8 de marzo 2020, 22:56

Las motocicletas y ciclomotores siempre están en el punto de mira de la Dirección General de Tráfico debido a la singularidad y caraterísticas especiales de estos vehículos. Generalmente, la DGT presta especial atención a aspectos de seguridad y normativa de circulación. Los moteros y ciclistas son usuarios de las carreteras y vías urbanas que deben un especial cuidado a la hora de circular debido a su fragilidad. Los accidentes de los vehículos de dos ruedas pueden ser especialmente graves.

Pero en esta ocasión, Tráfico se fija en algo menos peligroso pero no menos importante y pone el acento en las obligaciones de los moteros. El su perfil de Twitter, la DGT les lanza un mensaje: «Recuerda que las motos tienen prohibido estacionar en aceras, paseos y demás zonas peatonales. Presta atención a la posible existencia de señales que regulen su estacionamiento. No te arriesgues a ser sancionado. Y sobre todo, respeta a los peatones».

El tuit de la DGT remite además a la revista que edita para recordar a los moteros algunas de las infracciones más peligrosas en las que pueden incurrir:

1. Adelantar sin separación: Los motoristas tienen la obligación de distanciarse lateralmente del vehículo al que adelantan. Esta distancia debe ser, al menos, de un metro y medio.

2. Velocidad inadecuada: La velocidad inadecuada es la primera causa de accidente con víctimas motoristas en carretera y el exceso de velocidad es la infracción más frecuente.

3. Circular por el arcén: Como norma general, los conductores de motocicletas tienen prohibido circular por el arcén. Podrán hacerlo siempre que, por una emergencia, circulen a una velocidad anormalmente reducida y molesten a los demás conductores.

4. Adelantar por la derecha: El adelantamiento por la derecha en zonas interurbanas –carreteras, autopistas o autovías– está prohibido ya que puede resultar muy arriesgado.

Vídeo.

5. Cambiar de sentido donde no está permitido: Esta maniobra está prohibida en pasos a nivel, túneles, autopistas y autovías, curvas y cambios de rasante con poca visibilidad.

6. Circular con la luz apagada: Las motocicletas deben llevar siempre encendido el alumbrado de cruce.

7. Avanzar entre coches: Circular entre vehículos sin la separación adecuada es arriesgado.

8. Estacionar en la acera: La infracción a la que aludía el tuit de la DGT. Aceras, paseos y demás zonas peatonales son lugares donde las motos tienen prohibido estacionar. Los ayuntamientos pueden regular la parada y el estacionamiento en estos lugares, siempre que no entorpezca ni ponga en riesgo el tránsito de peatones.

9. Velocidad excesiva en zonas residenciales: Calles residenciales, cercanías de pasos de peatones, de colegios o mercados son lugares con mucha probabilidad de un encuentro vehículo-peatón. En ellos, los motoristas deben reducir la velocidad todo lo necesario.

10. Invadir el sentido contrario: Se trata de una infracción grave y peligrosa (500 euros y retirada de seis puntos del carnet).

Tráfico recuerda que «la moto es un vehículo ágil y práctico en el tráfico urbano, y placentero en rutas en carretera. Su construcción, carente de carrocería, ofrece sensaciones distintas al conductor y al pasajero y también escasa protección. Por ello, circular sobre dos ruedas exige concentración y anticipación continuas, un conocimiento completo y un cumplimiento estricto de las normas de circulación. Evitar ciertas maniobras antirreglamentarias y, sobre todo, peligrosas, aumenta la seguridad y la comodidad en los trayectos del propio motorista y de los demás usuarios de la vía». Para tomar nota.

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