Redacción
Sábado, 9 de noviembre 2024, 01:22
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha emitido una instrucción en la que se facilita a los afectados por las inundaciones la tramitación de determinadas gestiones relacionados con el vehículo o con el permiso de conducir, todo ello derivado del Real Decreto-ley 6/2024 de 5 noviembre por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la DANA en diferentes municipios de la Comunitat Valenciana, Castilla-La Mancha, Andalucía, Illes Balears y Aragón entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
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Con la idea de llegar a todos los ciudadanos afectados se han abierto varios canales para la presentación de solicitudes de trámites y se ha reducido la documentación a aportar, reduciéndola a una declaración responsable, tal y como se recoge en el artículo 69 de la Ley del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas y a la exención de tasas en lo referido a las bajas temporales de vehículos, expedición de duplicados de permiso de circulación o de conducción destruidos o extraviados como consecuencia de la DANA.
Los canales habilitados por la DGT para presentar las solicitudes de estos trámites extraordinarios son el teléfono 060, principalmente para personas que no dispongan de medios telemáticos, página web de DGT en el que se realizará la solicitud mediante formulario y que estará disponible en los próximos días y en la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia.
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Además, para solicitar las bajas temporales del vehículo, a los canales anteriores se suman los gestores administrativos, colaboradores de la administración en lo que a procedimiento de tramitación se refiere.
La DGT anotará una baja temporal de oficio para todos los vehículos de los que Tráfico tenga conocimiento que se han visto afectados por la DANA, una información que recibirá a través del Consorcio de Compensación de Seguros y de las autoridades correspondientes de la Comunidad Valenciana.
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Para aquellos vehículos no identificados por el Consorcio o las autoridades de la Generalitat, como afectados por la DANA, el interesado mientras se gestionan los expedientes de indemnización por los daños del vehículo, o se gestiona la reparación del mismo, podrán solicitar la baja temporal a través de los canales anteriormente citados. Este trámite será gratuito, tal y como anteriormente se ha comentado
El objetivo de esta baja temporal es beneficiar al titular del vehículo afectado y fuera de la circulación que no tenga que liquidar el impuesto de circulación el 1 de enero de 2025. En esta situación administrativa no se genera dicho impuesto.
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Para ello solamente necesitará rellenar un simple formulario y declarar de forma responsable que la solicitud de la misma se debe a que su vehículo se ha visto afectado por la DANA en octubre de 2024.
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