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La DGT avisa: las multas por no encender las luces de día en estos casos

Hay situaciones en las que es obligatorio, aunque no sea de noche

M.P.

Martes, 28 de diciembre 2021, 01:36

Los sistemas de seguridad de nuestros coches están cada vez más avanzados. Entre ellos destaca el sistema de iluminación automático, uno de los más comunes en los vehículos de nueva fabricación. Hace ya algunos años, las luces del coche se debían activar manualmente, pero en la actualidad los vehículos llevan incorporado un sistema para que se mantengan encendidas de día e incluso aumenten su intensidad de forma automática cuando detecten falta de visibilidad.

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Aún así, conviene no despistarse y dejarlo todo a la técnica. Un ejemplo de ello es el el tuit de la Guardia Civil, en el que a través de la Dirección General de Tráfico (DGT) ha recordado cuándo debemos tener las luces encendidas del coche dependiendo de la situación.

Existen muchos escenarios posibles de circulación más allá de la circulación diurna y la circulación nocturna. Se trata así de evitar situaciones de peligro, ya que un vehículo sin luces en un escenario de baja visibilidad supone un peligro evidente. Según recuerda la DGT, la obligatoriedad de las luces encendidas se encuentra en los siguientes casos:

-En carriles reversibles o de sentido contrario: en todo momento.

-Entre la puesta y la salida del sol.

-En túneles: antes de entrar deben estar encendidas, y no apagarse hasta abandonar el túnel por completo

-En condiciones de mala visibilidad: episodios de niebla o lluvia, así como episodios de polvo y tierra intensas

-Las motos han de usarlas siempre.

Las multas

Aquellos conductores que no utilicen las luces de los vehículos correctamente se enfrentan a multas de hasta 200 euros, según aclara la DGT. El organismo recuerda que las luces diurnas que equipan ahora algunos vehículos nunca pueden ser sustitutas de las luces de cruce. Durante el día es recomendable llevar las luces encendidas, si no se dispone de estas bombillas diurnas, pero no es obligatorio y, por tanto, no es una infracción sancionable.

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En cuanto a las luces largas, según la DGT solo deben utilizarse entre la puesta y la salida del sol en zonas en las que se circule a más de 40 kilómetros por hora, fuera de poblado y en las vías que estén insuficientemente iluminadas. También es posible utilizarlas en condiciones de baja visibilidad, siempre recordando no combinarlas con las luces antiniebla, ya que se correrá riesgo de deslumbramiento.

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