![Multa de Hacienda, dinero en efectivo | 600 euros de multa por incumplir una de las normas más vigiladas de Hacienda](https://s3.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202109/30/media/cortadas/hacienda-kUvE-U150698432728bnD-1248x770@Las%20Provincias.png)
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T.V
Jueves, 30 de septiembre 2021, 19:35
No hay duda de que el dinero en efectivo ya no se usa como antes. Lo raro ahora es llevar 'suelto' y la calderilla que solíamos tener en la cartera ya no nos pesa tanto como hace unos años. Tampoco mantenemos la misma costumbre de sacar billetes cada dos por tres, gracias a la posibilidad de pagar con tarjeta e incluso con el móvil casi en todos los lugares actualmente. Pero las transacciones con dinero en metálico siguen siendo muy vigiladas por Hacienda, que recientemente ha cambiado la normativa sobre el límite de euros con los que podemos operar en este formato.
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Ahora son 1000 euros el tope de dinero para las transacciones en efectivo, una medida con la que la Agencia Tributaria busca cerrar el cerco sobre el fraude fiscal y la economía sumergida. La legislación española también fija un máximo por encima del cual hay que declarar el movimiento a Hacienda, con el objetivo de prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Incumpler este límite supondrá ser penalizado con distintas sanciones que varían en función del tipo de infracción que se cometa y su gravedad.
Hacienda no gasta bromas al respecto y los movimientos de medios de pago que se realicen en el territorio nacional y que quedan exentos de declarar están limitados a 100.000 euros o su equivalente en moneda extranjera. En los casos de salida o entrada en España de dinero, habría que declararlo siempre que el importe fuera igual o superior a 10.000 euros o su contravalor en otra divisa. Si se rebasan estos límites, el afectado tendría que declarar la cantidad concreta mediante la presentación del modelo S1 de Hacienda, que notifica a la Agencia Tributaria la declaración de un movimiento de medios de pago.
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No hacerlo, según recoge la web oficial del Tesoro Público, supone una infracción grave sancionada con una multa de entre 600 euros y el 50% del valor de los medios de pago intervenidos.
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