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T.V
Miércoles, 29 de septiembre 2021, 18:19
Era cuestión de tiempo que la digitalización acabase con muchos de los hábitos a los que estamos acostumbrados, incluido el de sacar dinero del banco. Las tarjetas y la posibilidad de pagar con contactess (sin necesidad e contacto) hacen que no tengamos la necesidad de tener efectivo en la cartera como antes. Además de la tecnología NFC para pagar con el móvil, los pagos a través de Bizum han supuesto un gran cambio en la visitas que realizamos al banco.
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Pero esto no significa que los movimientos con dinero en efectivo hayan dejado de tener su importancia. Más bien al contrario, porque Hacienda ha puesto el foco en este asunto para tratar de atajar al máximo la economía sumergida. Por ejemplo, ha rebajado el límite con el que podemos operar en metálico, por lo que ya no se podrán realizar transacciones de más de 1.000 euros sin que la Agencia Tributaria nos ponga el ojo encima. Estas son las operaciones que pueden despertar el radar del fisco:
Están vigilados por el banco, en su lucha contra el fraude fiscal, por lo que también lo están todos los pagos que se realicen con ellos. Esto supone que cualquier transacción hecha con estos billetes será revisada por el Banco de España.
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Este tipo de movimientos suponen una llamada directa de la entidad bancaria a Hacienda, ya que cualquier transacción de estas características debe ser comunicada de forma obligatoria.
Pero tampoco hacen falta grandes cantidades para que Hacienda sospeche que algo raro ocurre y quiera cerciorarse al respecto. Por eso si se realizan ingresos frecuentes, aunque no sean de importes muy elevados, la Agencia Tributaria puede abrir una investigación.
Algo similar ocurre con las transacciones de 3.000 euros o más, que también serán registradas por el Bnco de España. Si se aprecian dudas sobre la procedencia del dinero se abre una una investigación por parte de Hacienda, de la que podemos llegar a recibir una sanción si no queda claro el origen, por ejemplo, si se considera una ganancia patrimonial no declarada.
Las transacciones entre particulares y autónomos o empresas que superen los 1000 euros no pueden realizarse en metálico, deben hacerse a través de tarjeta y en este caso tampoco deben superar esa cantidad. De no ser así, las multas de Hacienda serán del 25% de la base de la sanción.
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