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Agentes de la Guardia Civil ponen multas a varios infractores. EFE
DGT, multa | La multa de hasta 6.000 euros de la DGT por conducir con estos síntomas y enfermedades

La multa de hasta 6.000 euros de la DGT por conducir con estos síntomas y enfermedades

Tráfico considera peligroso para la seguridad vial permitir la conducción con ciertas afecciones y puede imponer altas sanciones por ello

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Lunes, 24 de enero 2022, 00:20

La Dirección General de Tráfico ni se anda con bromas, ni permite que cualquiera se ponga al volante. Sacarse el carné de conducir no es un proceso fácil y está pensado para poner a prueba a la persona que se va a sentar al frente de un vehículo. Además es fundamental pasar un control médico en el que quede constancia que el sujeto se encuentra en plenas facultades mentales y médicas para poder circular por la vía pública.

Para ello, el profesional al cargo del análisis médico realiza un cuestionario en el que se debe contestar verídicamente y dejar claro si se padecen dolencias, enfermedades o antecedentes médicos que sean relevantes para la conducción y puedan suponer un impedimento para la misma.

Esto es importante porque se debe comprobar si la persona en cuestión puede sacarse o no el permiso de conducir y sus posteriores renovaciones. ¿Cómo? A través del listado de la DGT en el que se establecen las enfermedades y dolencias con las que está prohibido obtener el carné y, por tanto, manejar un vehículo.

Puede ser que el resultado de la prueba sorprenda al paciente, con la sorpresa en la misma revisión médica, porque la decisión médica final no siempre se basa en el tipo de enfermedad, sino en los síntomas que tiene o las limitaciones que puede provocar a la hora de conducir. Este examen no solo se realiza cuando el futuro conductor intenta obtener por primera vez el carné, también durante las diferentes renovaciones obligatorias que hay que superar para poder seguir circulando. Por lo tanto, puede ser que aún ya siendo un conductor con experiencia y teniendo el permiso, la aparición de alguna patología o afección con los años imposibilite al afectado ponerse de nuevo al frente de un volante.

En éste último caso si el conductor hace caso omiso a la no renovación del carné y prosigue circulando se dispone a recibir una multa, en caso de ser pillado, de 200 euros, ya que oficialmente lo está haciendo con un carné de conducir caducado. La multa más cuantiosa por conducir sin carné se da en el caso de no haber obtenido nunca el permiso. En este supuesto la sanción asciende a los 6.000 euros.

Todas las enfermedades con las que la DGT prohíbe conducir

Digestivas

Trasplante renal: se puede renovar el permiso si han pasado más de seis meses desde la intervención.

Nefropatía con diálisis: un informe favorable emitido por los médicos puede dar vigencia entre 1 a 10 años.

Oncológicas

Dolencias oncológicas: se podrá renovar la licencia entre 1 y 5 años si no existen dolencias.

Trastornos oncohematológicos: sin dolencias graves durante, mínimo tres meses, se puede renovar hasta un año.

Vasculares

Aneurisma de grandes vasos: solo se podrá renovar entre 1 y 10 años si no hay riesgo de rotura de vasos.

Disección: renovación entre 1 y 2 años si pasan seis meses desde la operación quirúrgica.

Psiquiátricas

Los casos siguientes tienen prohibido conducir si no existe un informe médico favorable.

Delirium, Demencias y Trastornos de ansiedad.

Trastornos catatónicos, trastornos de la personalidad.

Ansiedad y Depresión.

Trastorno del sueño.

Trastorno obsesivo compulsivo.

Trastorno del desarrollo intelectual.

TDH.

Abuso y dependencia del alcohol.

Abuso y dependencia de drogas.

Crónicas y degenerativas

Alzheimer.

Esclerosis lateral amiotrófica.

Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.

Temblor esencial.

Esclerosis múltiple.

Distrofia muscular.

Osteoporosis.

Parkinson.

Artritis reumatoide.

Endocrinas

Hipotiroidismo y paratiroides: solo podrá renovarse el carnet entre 1 y 10 años con informe favorable.

Diabetes mellitus insulinodependiente: tras informe favorable, la renovación puede ser entre 1 y 5 años.

Cardiacas

Arritmias: la pérdida de atención inhabilita para la conducción.

Infarto agudo de miocardio: debe transcurrir mínimo tres meses desde el suceso para poder renovar la licencia.

Portadores de prótesis valvulares: mismo caso que con el infarto.

Portadores de marcapasos: hasta tres años de vigencia una vez haya pasado un mes desde la colocación y haya informe favorable.

Portadores de desfibrilador automático: como el caso anterior.

Respiratorias

Apneas de sueño: solo se podrá ampliar el carnet durante 3 años bajo esta dolencia y existe un informe favorable del médico.

Disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve: Sin posibilidad de renovar.

Neurológicas

Accidente isquémico transitorio: se puede ampliar un año la licencia si hay un informe favorable.

Crisis o pérdida de conciencia: imposibilidad de renovar si se ha dado en el último año.

Epilepsia: si es la primera vez que ocurre o más de un año sin episodios, un informe favorable podrá dar vigencia al carnet entre 1 y 10 años.

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